Derecho a herencias para parejas de hecho

Me gustaría saber si, siendo pareja de hecho, se tiene derecho a heredar algo en caso de fallecimiento del compañero. En caso afirmativo, para ello ¿han de estar registrados como pareja de hecho, o no es necesario? Si no fuera necesario, ¿a partir de qué tiempo es válida la pareja de hecho, o esto se rige según la comunidad en la que se resida?
Por otra parte me interesaría saber, si, existiendo un testamento, es éste el que tiene prioridad o si, por el contrario, es la ley, la que prima, y el testamento solo es secundario.
Mi caso concreto es el siguiente: mi padre viudo está con una mujer (26 años más joven que él) y ésta parece muy esperanzada a que le toque alguna parte de los bienes de mi padre cuándo éste fallezca. Mi padre tiene una casa en Ávila que está 100% a su nombre, y un piso en Madrid que habito yo y del que, legalmente, un 75 % pertenece a mi padre, y el otro 25% a mi hermano y a mi (solo somos dos). También posee una casa en Torrevieja, la cual quiere dejar a su compañera por testamento. En esta casa, ni yo ni mi hermano tenemos interés alguno. Nuestro único temor es que, en caso de que fallezca mi padre, su compañera tenga derecho a reclamar parte de sus restantes bienes (alegando que es ella quien le ha estado cuidando, aportando testigos, etc.), y mi hermano y yo nos veamos en la calle al no poder pagarle su parte.
Aclaro también que, en este momento, la pareja de mi padre no aporta ningún rendimiento económico y todos los gastos de manutención y vivienda los soporta mi padre.
Tengo entendido que lo mejor sería pasar ambas viviendas a nombre de mi hermano y mío mientras mi padre esté en vida (entre otras cosas por ahorrar gastos). Pero mi padre no parece muy conforme con esta idea, y por otro lado, ni mi hermano ni yo disponemos ahora mismo de los gastos notariales que esto conlleva.
Otra duda más: Según mi padre (e información obtenida de un abogado), su compañera tiene derecho a reclamarnos a mi hermano y a mi un sueldo, al no poder trabajar fuera de casa por estar cuidando a mi padre (a mi padre no le pasa nada, simplemente que tiene 74 años).
Agradecería enormemente una respuesta que me aclarara un poco mis dudas, pues hasta ahora solo he podido obtener información contradictoria y no sé cómo proceder.
Un cordial saludo y sinceramente gracias por anticipado

1 respuesta

Respuesta
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¿Antes de contestar podrías concretarme cual es la vecindad civil de tu padre, en que Comunidad Autónoma está empadronado?, es para ver di hay especialidades forales
Primeramente muchísimas gracias por tu rápida reacción.
Que yo sepa, mi padre está empadronado en Torrevieja, aunque puede que se haya cambiado a El Barco de Ávila (Ávila). Te agradecería me lo miraras para ambas comunidades.
Gracias y un cordial saludo
Rosa

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