Herencia. Requisitos para disponer del 50% de cuenta.

Falleció mi esposo. Los herederos (testados) somos nuestro hijo único y yo. Ambos vivimos juntos, no presentando problema alguno el reparto de la herencia. Mi esposo fallecido y yo, somos titulares de unas acciones del Banco Popular, depositadas a su vez en dicho banco. Deseo disponer de momento del 50% del total, para la realización de pagos urgentes. Me indicaron que era necesario aportar el testamento, declaración de ultimas voluntades y partida de fallecimiento. Así lo hice. Transcurridos 10 días me piden la escritura de aceptación de herencia, así como la liquidación del impuesto de herederos, la cual no hemos realizado.
¿Es legalmente necesario para disponer solo del 50%?
Sorprendentemente en otra entidad bancaria diferente, en un caso idéntico, no hubo ningún problema para poder disponer de mi 50%.
Supongo que Hacienda o la SS no tendrían problema alguno en embargarme al menos el 50% de mi cuenta, sin embargo, yo misma tengo el problema para poder pagarles con el dinero "no disponible" de esta cuenta.
Ruego a algún experto me aclare la legalidad estricta. Agradecida. Saludos. España.

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