Posibilidad de embargo de una herencia

Mi padre ha fallecido hace dos meses dejándole a mi madre el usufructo de los bienes, y por tanto no vamos a repartir ahora. En total somos tres hermanos y mi madre los herederos y estoy haciendo los trámites para la declaración del impuesto de sucesiones. La duda está en que, a un hermano le van a embargar todos los bienes incluso su vivienda habitual por unas empresas que han ido mal de su mujer (estaban en bienes gananciales y ampliaron hipoteca para inversión en los negocios). Me gustaría saber si el embargo puede llegar a la parte que le correspondiera de herencia a mi hermano. También si sería aconsejable que renunciara a la herencia o que sería lo más conveniente para evitar que le afectara a la parte de herencia. ¿Podría afectar al resto de herederos en algún sentido?.

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Ese embargo podrá afectar a los bienes que se le adjudiquen en la partición de la herencia, o a la parte de los mismos que sea copropietario
Si el heredero renuncia a la herencia en perjuicio de sus acreedores, éstos pueden pedir autorización judicial para aceptarla en su nombre
En todo caso habría que estudiar el caso de su hermano, pues los bienes que adquiera en la herencia son bienes privativos, no gananciales, por lo que si la deuda del matrimonio afecta solo a los bienes gananciales, podrían quedar exentos de ese embargo esos bienes heredados, todo depende de como sea la deuda y si su hermano es deudor solidario con su mujer o solo le afectan esas deudas a los bienes gananciales
¿Cómo se sabe si es deudor solidario con su mujer?
Depende del tipo de deuda y si el ha participado para contraerla (como puede ser un préstamo pedido por los dos)
Enterándonos de más cosas resulta que la hipoteca sobre su vivienda habitual donde están los dos, la aumentaron para inversión al montar los negocios y ahora no pueden pagar la hipoteca y les van a embargar la casa y por lo tanto el peligro lo tenemos con el banco. En este caso ¿el banco podría quedarse con la herencia de mi hermano?.
Un saludo.
Por lo que comenta es un préstamo contraído por los dos, en este caso la deuda es solidaria, y en caso de que la vivienda no sea suficiente para pagar la deuda podrán embargar cualquier bien que sea titularidad de cualquiera de ellos dos
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Si, sería aconsejable que renunciara a la herencia y a la vez firmaseis un documento privado en el que acordaseis darle la parte que le corresponde e igualmente el se obliga a pagar los gastos que se generen en la adjudicación.

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