Herencia

Me caso en Noviembre, en régimen de gananciales.
Mi futuro marido tiene dos propiedades una que es suya al 100 % y otra comprada con la madre de su único hijo al 50 %... Ahora quiere comprarle a esta mujer el 50 % y así tener él el 100 % de ese piso... Sólo va a cómpralo él. ¿Si lo hace antes del matrimonio se considera bien privativo? ¿Y si lo hace después del matrimonio es bien conyugal?... Y en cuanto a la herencia el no quiere hacer testamento.
Me gustaría me aclarase un poco esta situación...
Gracias.

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Efectivamente, si compra antes el bien es privativo y si después, ganancial. PERO, SI COMPRA ANTES PERO CON HIPOTECA O PRECIO APLAZADO, las cantidades pagadas desde la celebración del matrimonio tendrán carácter ganancial. Es decir, p ejemplo si la parte que compra vale 100 y paga 50 y el resto mediante hipoteca... esos 50 restantes que paga mediante hipoteca tendrá cracter ganancial, es decir él tendrá la mitad que ya es suya y de la mitad de la ex, tendrá privativamente otra mitad; la mitad de la mitad (un cuarto) tendrá carácter ganancial (tuyo y de él)
En cuanto a no hacer testamento, si fallece se abre la SUCESIÓN INTESTADA, en ella el notario declarará a los herederos, que varían de una comunidad autónoma a otra. Si hay hijos estos suelen ser herederos por partes iguales con un usufructo para el cónyuge viudo (cuyo porcentaje es diferente en cada comunidad) pero si no hay hijos, AQUÍ HAY GRANDÍSIMAS DIFERENCIAS ENTRE COMUNIDADES p ejemplo a falta de hijos en cataluña hereda el cónyuge viudo, con usufructo de una parte para los padres, sin embargo en una gran parte de España, p ejemplo Madrid, a falta de hijos heredan los padres con un usufructo para el cónyuge viudo...
Espero servirte de ayuda. Cualquier cosa me dices y te aclaro.

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