Herencia, Valoración piso.
Mi padre falleció en 2004, mi madre después, en 2008.
En el testamento de mi padre, influido por terceras personas, puesto que él no era así y además con la medicación anti-nervios que le hacían tomar, carecía de la suficiente capacidad de decisión, deja la cuota ganancial del piso que, como único bien ganancial poseía con mi madre, a mi hermana, haciendo referencia a que dicho legado se hace con cargo al tercio de mejora y si este fuera insuficiente al de libre disposición..
Además, instituye herederos por partes iguales a sus dos hijos.
Mi madre deja su mitad del piso a mi hermana, y a mí una casa en pueblo que era un bien privativo de ella.
Mi padre, como bien privativo posee en un pueblo una finquilla, que creo que al instituirnos herederos por partes iguales a los hermanos, debe compartirse.
Ahora , después de tantos años, queremos ya darle una solución al tema del piso.
Creo que tengo derecho a la legitima del piso de parte de mi padre, pero no sé si es a la legitima total, o a una mitad de la legitima, o a 1/2 de legitima y 1/2 de uno de los tercios, de mejora o libre disposición.
También, al efecto de valorar el piso, ignoro si el valor sería el actual (con la depreciación de la actual crisis económica), o al valor que el piso tenía en el momento de producirse el hecho de derecho a la herencia de mi padre, esto es, Diciembre de 2004, con bastante diferencia del valor entre esos años.
Tengo que decir que la casa del pueblo no se ha habilitado ni habitado, puesto que está sin muebles, luz ni agua,pero el piso, que estaba amueblado y en perfecto uso pues alli habitaba mi madre, desde el fallecimiento de mi madre en Mayo de 2008, se arregló un poco, y está habitado por una hija de mi hermana.
En caso de que el valor fuese el actual al efecto de ajustar el dinero que me deberían dar, ¿Deberían abonarme igualmente la parte proporcional del alquiler de un piso amueblado en una buena zona de una capital de provincia?.
Gracias.