Impuesto de Sucesiones y Donaciones

Hace algo más de un año y medio murió mi abuelo. Vivo en el País Vasco y como aquí las herencias entre cónyuges están exentas, no liquidamos en impuesto y simplemente mi abuela siguió con su vida normal. Pensamos que no era necesario pero me han dicho que al no hacer la liquidación en el plazo de un año nos van a poner una multa cuando la hagamos. No se si es mejor arriesgarnos y no hacerla. Mi pregunta es ¿cuándo queramos vender el piso nos va a pillar hacienda fijo o puede que no?

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Estimado Sr/a:
Con independencia de que esté exenta la adjudicación por herencia en territorio foral es necesario liquidar el impuesto y declararlo como exento (no pagar nada). Entiendo que la sanción será menor pues sólo va a penalizar el hecho de no haber practicado la liquidación cuyo resultado es 0 toda vez que existe una exención específica. Le recomendaría preguntase directamente en la delegación de Hacienda de la comunidad foral acerca del importe de la sanción pues efectivamente es muy posible que Hacienda intervenga en la compraventa al no haberse declarado el impuesto de sucesiones.

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