Aceptación y partición herencia con incapacitados
Buenas tardes:
Querría saber si para solicitar autorización judicial para aceptar la herencia necesitaría de abogado y procurador o se puede instar sin necesidad de los mismos.
Una vez realizada la partición el artículo 272 CC dice que requiere la aprobación judicial...¿necesito ahí también de abogado y procurador??
Gracias por sus respuestas.