¿Necesitamos realizar una Constitución de Herederos?
En el caso de la reclamación de una indemnización por accidente de trafico judicialmente, por una persona fallecida en España con un hijo en Argentina según declaratoria de herederos de ese país, es necesario algún trámite en España para que sea declarado heredero éste o bien es suficiente con la declaratoria de herederos autorizada por notario en Argentina?
El fallecido residía habitualmente en España. Muchas gracias.