Bienes sucesorios. Gananciales y privativos. Usufructo.

Mi padre falleció. Mis padres régimen de gananciales. Tiene algo
privativo mi padre. Testamento: Lega a su citada esposa, el tercio de
libre disposición en plena propiedad y dominio, además el usufructo del
tercio de mejora que legalmente le corresponde. En el remanente de sus
demás bienes, derechos y acciones presentes y futuros, instituye
herederos por quintas e iguales partes a sus cinco hijos. Mi pregunta:
¿Cómo se computan los gananciales y cómo los privativos? Gananciales del
50%: 1/3 para mi madre, 1/3 para los cinco hijos, 1/3 ¿para quién?
¿Usufructo del mismo para mi madre y el resto para los 5 hijos? Y en
privativos: ¿Lo mismo pero del 100%? Espero su respuesta. En Alaba. Saludos. Mª Sol

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