¿Es conveniente escriturar a nombre del cónyuge e hijos, Y ser titulares de la cuenta corriente?
Mi madre, fallecida recientemente, estaba casada en régimen de gananciales con mi padre que aún vive. Somos tres hermanos y nos indigna tanto impuesto, plusvalía y otras lindeces de guante blanco ideadas por el fisco (que somos todos).
Mi pregunta es:
Para evitar que mis hijos pasen por lo mismo, en un futuro lejano: ¿se puede escriturar la vivienda a nombre del matrimonio y de los hijos? ¿pueden aparecer los hijos y el cónyuge como titulares en la cuenta corriente o es mejor que sean autorizados? (Parto de la basa de que la confianza en la honradez de todos ellos es absoluta) ¿Disminuye así el impuesto y, la plusvalía, que tendrán que pagar nuestros herederos al aceptar la herencia?