Partición y aceptación de herencias
Buenos días
Mis abuelos fallecieron en 1998 dejando tres hijos (mi padre y mis dos tíos). Posteriormente, en 2005, fallece mi padre dejando esposa (casados en régimen de gananciales) y dos hijos. En su día se realizaron las correspondientes Declaraciones de Herederos y se liquidó el Impuesto de Sucesiones en modelo 660, pero a día de hoy aún no se han aceptado las herencias ni se han partido. Mis preguntas son:
1. ¿Que porcentaje de la herencia corresponde a cada uno de los 5 herederos según lo establecido en la ley?
2. Para proceder a hacer las aceptaciones y particiones de las herencias, ¿se puede ir directamente al Notario, explicar el caso y entregar la documentación necesaria o por el contrario, es necesaria la actuación de un abogado? Según tengo entendido hay que hacer un cuaderno particional, disolver la sociedad de gananciales, valorar los bienes... Y no sé si esto lo pueden hacer directamente en Notaría o lo tiene que hacer previamente un abogado.
Gracias por su ayuda.