Despido

Hola mi nombre es Jesús llevo 8 años y medio trabajando en una fabrica textil sufrí un accidente y me han dado en servicios sociales de la comunidad de la rioja una minusvalía del 33%, pero la mutua me dice que estoy curado y me ha dado el alta.
Yo estoy con secuelas y no puedo usar casi la mano derecha, ¿estoy esperando al juicio para la invalidez parcial.Mi pregunta es si teniendo esa minusvalía y no puedo trabajar en el puesto que me ponen pueden despedirme por no hacer mi trabajo?, y otra cosa si me pongo de acuerdo con el jefe pa que me despida de mutua acuerdo y (¿me da 30 días por ejemplo) por año trabajado de donde sale la base para hacer esa operación?.
Un saludo y gracias

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Primer punto: si te han dado una minusvalía del 33%, la mutua no te puede decir que estas curado. Ten en cuenta, que las mutuas defienden sus intereses, ya que la mutua cobra de la empresa en cuestión, y la empresa no desea de tener sus trabajadores en baja, porque eso supone menos producción a la empresa.
Si estas esperando el juicio para la invalidez parcial, tranquilo y que tengas suerte.
La mutua se comporta de esta manera, porque es un protocolo que debe de seguir para coaccionar a todos los trabajadores, porque tu estando de baja supones dinero a la mutua y claro a tu empresa.
Segundo punto: ante esta minusvalía puede que no puedas trabajar en el mismo puesto, pues la empresa tiene que designarte un nuevo lugar de trabajo. No te pueden despedir por ese tema, si lo hacen es denunciable, primero por discriminación, si eso sería anticonstitucional.
Tercer punto:Si tu empresa realiza las vacaciones en agosto y tu no has podido hacerlas por la situación en la que estás, en principio las pierdes, pero hay convenios colectivos, que figuran artículos donde especificas situaciones especificas para el disfrute de las vacaciones. Para eso, tienes que leer tu convenio.
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Lo que está claro es que la empresa te contrata para un determinado trabajo, y una de las causas de extinción de la relación laboral es que se pierdan las condiciones necesarias tanto por empresa como trabajador para realizar las tareas propias del puesto de trabajo, por lo tanto no sería un despido sino un fin de contrato, aunque hoy en día hay suficientes ayudas a las empresas que tengan este problema, para poder recolocar a los trabajadores, pero bueno, tu intenta negociar con la empresa y quitar el máximo de la liquidacíon y finiquito. Las cantidades, tanto para pago de vacaciones que te deban o días de indemnización se calculan, dividiendo por 30 la base de cotización del ultimo mes trabajado y en tu caso como estás de baja tendrás que coger la del ultimo mes completo que estvieses de alta.
Un saludo y mira bien por la repercusión económica de las secuelas.

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