Incapacidad temporal y vacaciones
Que me gustaría que me resolvieras, adjunto parte de mi convenio.
Se trata de lo siguiente, si yo como trabajador he estado de baja por incapacidad temporal desde el 24 de abril, hasta el 15 de octubre.
Y la empresa no cumplió el requisito del articulo 22.3. Osea no me comunicó mis vacaciones, ni las expuso el 1 de mayo .
Entonces según dice el art. 22.3 yo puedo elegir la fecha de mis vacaciones.
Mi pregunta:
¿Mis vacaciones tienen que ser entre los meses de junio a septiembre o en cualquier fecha del año?
¿Y de poder haber solicitado 30 días de diciembre, que pasos debiera haber seguido?
¿Cuál es el procedimiento de exponer las vacaciones de acuerdo con los trabajadores, hay que firmar algo?
Muchas gracias.
PD: Copia de parte del articulo 22
Artículo 22. Vacaciones.
1. El régimen de vacaciones anuales retribuidas del personal afectado por este Convenio será de treinta días naturales, a disfrutar entre junio y septiembre, sin perjuicio de los acuerdos a que se pueda llegar entre la empresa y los trabajadores.
2. Por la consideración que tienen de días naturales, el período de vacaciones no podrá comenzar, en ningún caso, en día no laborable.
3. La empresa expondrá el cuadro de vacaciones el 1 de mayo de cada año, de acuerdo con los trabajadores. De no cumplirse este requisito por parte de la empresa, las mismas comenzarán a disfrutarse a partir de la fecha solicitada por el trabajador.
En este link está mi convenio completo:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/res040202-1-mtas.html#a22
Se trata de lo siguiente, si yo como trabajador he estado de baja por incapacidad temporal desde el 24 de abril, hasta el 15 de octubre.
Y la empresa no cumplió el requisito del articulo 22.3. Osea no me comunicó mis vacaciones, ni las expuso el 1 de mayo .
Entonces según dice el art. 22.3 yo puedo elegir la fecha de mis vacaciones.
Mi pregunta:
¿Mis vacaciones tienen que ser entre los meses de junio a septiembre o en cualquier fecha del año?
¿Y de poder haber solicitado 30 días de diciembre, que pasos debiera haber seguido?
¿Cuál es el procedimiento de exponer las vacaciones de acuerdo con los trabajadores, hay que firmar algo?
Muchas gracias.
PD: Copia de parte del articulo 22
Artículo 22. Vacaciones.
1. El régimen de vacaciones anuales retribuidas del personal afectado por este Convenio será de treinta días naturales, a disfrutar entre junio y septiembre, sin perjuicio de los acuerdos a que se pueda llegar entre la empresa y los trabajadores.
2. Por la consideración que tienen de días naturales, el período de vacaciones no podrá comenzar, en ningún caso, en día no laborable.
3. La empresa expondrá el cuadro de vacaciones el 1 de mayo de cada año, de acuerdo con los trabajadores. De no cumplirse este requisito por parte de la empresa, las mismas comenzarán a disfrutarse a partir de la fecha solicitada por el trabajador.
En este link está mi convenio completo:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/res040202-1-mtas.html#a22
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Respuesta de joseaf2
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