Computo de horas al año, descuento de vacaciones, ss..

Tengo unas cuantas dudas que espero me sepáis resolver porque yo por mucho que lo intento no puedo.
Trabajo en un hospital privado siempre de noche según convenio hay dos turnos:
- Uno mañanas y tardes con una jornada laboral efectiva al año de 1741h, al día son 7 h
-Otro de noche con una jornada laboral efectiva al año de 1680h, se trabaja una semana si (a razón de 10 horas al día) y otra no
-No pagan festivos ni domingos
1º ¿Cómo se calcula el computo anual de ambos turnos?
2º ¿Si he estado de baja influye en el computo anual de horas? Si es asi ¿Cómo se calcula o computa?
4º ¿Cómo calculo las bases para la seguridad social?
5º ¿Cómo calculo la jornada efectiva o real trabajada de noche? No se si esta bien pero yo lo he calculado contando todas los días que trabajo al mes, lo he multiplicado por las horas que hago y el resultado mensual lo he sumando todo, para que me salga el computo anual con lo que me sale:
en enero:140h; febrero:140h; marzo:150h; abril:160h; mayo:170h; junio:150h; julio:140h; agosto:140h; septiembre:160h; octubre:170h; noviembre:160h; diciembre:140h sale un total de:1820h al año
6º como ves realizo más horas que las que vienen por convenio pues la empresa me descuenta 140horas de mis vacaciones (corresponden a las dos semanas que tendría que trabajar en ese mes, ya que las libres no cuentan como jornada) para que me salga las horas fijadas por convenio ¿eso lo puede hacer? Si es asi ¿Cómo se calcula?
No contentos con eso la empresa me dice que les debo un día (este año no porque es bisiesto) así que o me lo quitan de vacaciones(no tendría 30, tendría 29 días) o tengo que ir a trabajar un día cuando ellos quieran. ¿Eso es cierto? ¿Pueden hacerlo? ¿Y si es así puedo solicitar que me descuenten ese día de la nomina?
7º pero aquí no termina la cosa después de todo esto yo trabajo de noche pero en mi contrato pone que trabajo a turnos de mañana y tardes con las horas según convenio 1741 todo lo que te he contado antes ¿en qué me perjudica? Es decir ¿cómo me descontarían las vaciones para llegar a las horas de convenio? ¿Les debería días o me los deben ellos a mi?

1 respuesta

Respuesta
1
1.- Calcularías el cómputo anual sumando hora a hora y día a día, esto se supone que está en el calendario laboral que debe ser público, pero para controlarlo solo te queda sumarlo tal como te comento.
2.- Si estás de baja es independiente al cómputo anual, por un lado está la jornada anual de convenio y el reparte de la misma a lo largo del año con los turnos correspondientes y por otra parte tu circunstancia personal en el cumplimiento de la misma, si estás en IT cobrarás la prestación de IT y tendrás o no mejora si así lo indica el convenio, pero este tiempo cuenta como trabajado en cómputo anual.
4.- ¿A qué bases te refieres? ¿Para comprobación o para calcular una prestación?, por ejemplo, la base de cotización de contingencias comunes es la suma de todos los conceptos salariales mensuales más el prorrateo de todas las percepciones salariales de vencimiento superior al mes cobradas en el año.
5.- La jornada efectiva la calculas como te indiqué en el punto 1, horas diarias que se deben trabajar por todos los días del año, descontando el periodo de vacaciones.
6.- Las vacaciones como mínimo son de 30 días naturales al año, no te pueden quitar ningún día por no hacer las horas de convenio, pero si faltan horas de trabajo efectivas según calendario calculándolas como antes hemos comentado podéis llegar a un acuerdo para recuperarlas, lo normal en un día de descanso, en caso contrario si ambas partes estáis de acuerdo te la podrían descontar de la nómina.
7.- Si en tu contrato indica turnos y esta circunstancia fue modificada, si hubiera sido de mutua acuerdo no hay problema si hubiera sido impuesto por la empresa sería modificación sustancial y tenías 20 días para reclamar desde que se impuso. Te afectará en el cobro de pluses, como el de nocturnidad, respecto a número de horas al año no debería afectar salvo que el convenio así lo establezca.
Gracias de antemano por tu atención. Hay alguna cosa que no entiendo:
1º realizo el calculo tal y como tu me has comentado, me sale 1820 horas efectiva trabajadas al año ¿a estas horas le tengo que descontar las vacaciones? ¿Qué le descuento 30 días o los días que realmente trabajo? , es decir 14dias ya que trabajo una semana si otra no, 10 horas al dia. 14*10=140h/mes
2ºpor lo que creo que te he entendido la empresa lo hace bien, es decir ¿de mis 1820h reales o efectivas me descuenta las vacaciones que en este caso son 14 días(porque son los que tendría que trabajar) para poder llegar a las horas establecidas por convenio que son 1680h anuales?
3º si es así, que pasa si mi jornada laboral según contrato es de 1741 y trabajo en un turno el cual según convenio son 1680h, pero la jornada efectiva o real que hago es de 1820h/año ¿cómo me descuentan las vacaciones? ¿Cuántos días entonces les debo? Siguiendo los pasos del punto 2 y a los 1820 le resto 14 días o 140h/al mes me sale 1680 (q es lo establecido por convenio) si resto 1680 a 1741 me sale 61h ¿esa son las horas que les debo? ¿Les debería 6dias y una hora? Osea una semana de vacaciones ¿qué se puede hacer ante esta situación? Yo no he llegado a ningún acuerdo con ellos para que me pondrían ese contrato y hace unos meses que lo firme. De esta forma tengo mucho que perder.
4º referente a la bases de cotización me refiero a ese prorrateo de todas las percepciones salariales de vencimiento superior al mes cobradas en el año ¿a qué se refiere?
De nuevo muchas gracias
¿En esas 1820 horas has incluido los días que estás de vacaciones? Porque no debes incluirlos, debes incluir en la suma las horas efectivamente trabajadas, una vez contabilizadas correctamente si hay diferencia con las horas de convenio podrás exigir esas horas como horas extraordinarias o en tiempo libre.
En el punto 3 no entiendo que quieres decir, ¿por qué le vas a deber horas? Trataré de aclarar la explicación anterior un poco más, a principio de año se debe establecer un calendario laboral a cumplir, sobre ese calendario se cuentan todas las horas que se deberían trabajar de forma efectiva, por lo tanto no se tienen en cuenta las vacaciones y en caso de IT se considera como trabajado.
4.- Es la forma de calcular la base de cotización, sumas el salario mensual, y después tomas todas las pagas extraordinarias que tengas las divides entre 12 y las sumas al salario mensual, esto es de forma genérica y no es posible explicarte mucho más desde aquí.
[size= small; font-family: Times New Roman]No se cual es el calendario laboral, solo se que tengo que trabajar una semana si otra no de 22:00h a 8:00h que por convenio en este turno son 1680h, que las que realizo al año son 1820h sin descontar las 140h de vacaciones y en mi contrato pone que mi jornada es de 1741h con lo que se deduce que les debo horas. Si no le descuento las vacaciones (las 140h) me deberían ellos a mi pero según tu respuesta siempre se descuentan. Ante esta situación que se podría hacer para que me modifiquen el contrato porque si quieren me pueden descontar un mes.[/size]
[size= small; font-family: Times New Roman]Muchas gracias por tu paciencia pero este tema me tiene un poco mosca, trabajo en una empresa que nos toma mucho el pelo. Espero que con esta ultima pregunta se aclaren mis dudas y no te tenga que molestar más.[/size]
Por lo que dices has contabilizado 1820 horas al año menos 140 de vacaciones, total 1680 horas efectivas de trabajo ¿te he entendido bien?, y además que el convenio para el turno de noche establece 1680 horas, entonces si esto es así la jornada laboral es correcta.
Si el contrato te indica 1741 horas, pero el convenio 1680 horas, la jornada indicada en el contrato es nula, porque le contrato solo puede igualar o mejorar las condiciones establecidas en convenio.
Si no acabo de resolver todas tus dudas, y crees que existen irregularidades debes buscar ayuda profesional de forma directa para estudiar el problema a fondo y reclamar si fuera necesario.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas