Excedencia voluntaria

Hola he solicitado una excedencia voluntaria por 1 año, pero en el CERTIFICADO DE EMPRESA en el apartado donde se especifica la causa de la baja en la empresa pone: BAJA VOLUNTARIA DEL TRABAJADOR. En dicho certificado en ningún lugar menciona la palabra excedencia.
Cuando pregunte me dijeron que era normal, porque tengo otro papel que es la hoja de la liquidación donde vienen reflejadas las cantidades que he percibido como liquidación y en esa si que pone en pequeño arriba la fecha de cese y especifica BAJA POR EXCEDENCIA VOLUNTARIA.
¿Cómo puedo saber si realmente estoy en situación de excedencia o me ha engañado la empresa firmando una baja voluntaria?. ¿A través del INEM por ejemplo?.
También tengo 1 copia de la notificación por mi parte de la excedencia con el sello de la empresa. Pero no tengo ninguna notificación por escrito de la empresa aceptándola me dijeron que no hacia falta. ¿Es normal que se le de una liquidación económica a una persona cuando causa baja por excedencia voluntaria?.
Lo cierto es que como comente antes en la hoja de liquidación si que se menciona la baja por excedencia voluntaria aunque en el certificado de empresa ponga baja voluntaria del trabajador. Es esto lo que me tiene confundido. Muchas gracias.

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Si no te fías acude a la Seguridad SOcial con tu DNI y ellos te dan la información en el momento de cual es tu situación exactamente. Con que te hayan firmado el recibí de tu solicitud de excedencia es suficiente y el obligatorio liquidar (finiquitar) al trabajador cuando solicita una excedencia.
Muchas gracias por la respuesta, ya me quedo más tranquilo sabiendo que es obligado finiquitar. Además tengo firmado el recibí. De todas formas he solicitado una vida laboral a la SS espero que ahí venga especificado.
Si no es mucha molestia quisiera hacer otra pregunta más.
En mi centro de trabajo hay muchas personas en la misma categoría laboral y puesto que el mio. Quiere decir eso que si la empresa se acoge al derecho de distribuir la carga de trabajo de mi puesto entre el resto o bien acogerse al derecho de eliminar mi puesto. Como no pueden meter a nadie de la calle porque yo tengo preferencia si no me aceptan el reingreso podría demandarles ¿no?.
Resumiendo que si no me meten a mi y en el momento de solicitar la excedencia había 25 personas en de mi misma categoría, a la vuelta de la excedencia no puede haber más de 25 y si meten a más gente y no entro yo están incumpliendo lo que dice la ley ¿no?. Disculpame si no me he sabido explicar bien y muchas gracias de nuevo.
Lo que pase mientras estar fuera de excedencia en la empresa no te afecta, es decir que surgen los efectos desde el momento en que solicites el reingreso. A partir de esa fecha si la empresa contrata a otra persona de tu misma categoría o similar deberá llamarte primero a ti, en caso de que no sea así podrías denunciarles ante la Inspección de trabajado, pero solo sobre sus actuaciones futuras no previas a tu fecha de incorporación

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