Excedencia en hostelería

Tengo muchas dudad sobre el convenio de hostelería de sevilla. Hago esta pregunta en nombre de mi madre que es la que trabaja en hostelería, en un restaurante concretamente. Bueno a ver, ella lleva en total como 10 meses trabajando allí, y lleva como 6 meses indefinida. Actualmente le están haciendo la vida imposible para que se vaya del trabajo, incluso la intimidan y amenazan con echarla, en fin, es una tortura cada día que va. Quiero saber si puede pedirse un tiempo de excedencia para no perder el puesto de trabajo. También actualmente, tenemos a una persona mayor a la que estamos cuidando todos, ¿se podría alegar ese motivo para la excedencia? Es que la verdad mi madre no sabe que hacer, porque la hipoteca hay que seguir pagándola.

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Se puede pedir excedencia voluntaria con un mínimo de 4 meses, pero no cobraría, por supuesto. Además esta excedencia no tiene reserva de puesto, de forma que cuando volviera tendría que esperarse a que hubiera una vacante. También puede pedir la excedencia por cuidado de familiar. Esta no tiene mínimo, tampoco se cobra, pero sí tiene reserva de puesto de trabajo.
Pero creo que lo mejor es que comunique la reducción de jornada por cuidado de familiar. La reducción mínima es de una octava parte de la jornada y la mayor ventaja es que escoge su horario y bloquea la posibilidad de que le hagan un despido improcedente. En mi web tienes explicado todo sobre la reducción. Una vez conseguida, se puede plantear porque una mujer mayor permite que le hagan la vida imposible. ¿En qué consiste la vida imposible? ¿En encargarle cosas que no tiene que hacer? Que no las haga. ¿En qué le cambien el horario? No podrán con la reducción. ¿Malos tratos o malas caras? A mí a eso no me ganaría nadie... pero cada uno es cada uno. Como digo siempre, no se puede ir de Heidi en el trabajo, porque el jefe no es el abuelito precisamente.
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En mi web tienes más información: www.laboro.es.gd/laboral.htm
Me encanta la respuesta que me has dado. ¿Me podrías decir como se pide una reducción de jornada? ¿Eso es pedírselo a la persona que organiza los horarios verdad?
El derecho a reducción de jornada y escoger horario surge del hecho de tener el hijo sin ser necesarios más requisitos. No surge de tener un hijo y además no tener con quien dejarlo. Por tanto puedes ponerte el horario que quieras, de lunes a viernes o como quieras, siempre y cuando esté dentro de la jornada que hacías antes. También te lo puedes poner fuera de la jornada habitual, siempre y cuando en el horario que te quieres poner la empresa esté abierta y puedas ejercer tus funciones con pleno sentido. Es un derecho que te da el estatuto te los trabajadores, no te lo da la empresa. Lo tiene cualquier trabajador, independientemente del tipo de contrato, de jornada, de turno, de puesto, de lo que sea. Por tanto a la empresa se le comunica que vas a disfrutar del derecho, no se le solicita, al igual que tú no le solicitas permiso para casarte o para tener hijos y eso no te quita el derecho a disfrutar del permiso de matrimonio y el de maternidad. Lee el artículo "reducción de jornada" en mi web para completar información y para que te convenzas de que no me lo estoy inventando.
El modelo es tan sencillo como este:
Fulanito comunica a Menganito S.A. que a partir del día POR ejerceré mi derecho a reducción de jornada por cuidado de mis hijos menores, siendo mi nuevo horario de trabajo el siguiente: lunes de tal a tal, martes de tal a tal... Si no se oponen al nuevo horario mediante comunicación escrita en el plazo de 5 días, este mismo documento servirá de aceptación expresa del nuevo horario. Madrid a fecha de...
Este documento te lo tienen que firmar en la empresa. Si no quieren se lo mandas por burofax (en Correos) con acuse de recibo y certificación de texto. Desde el momento de hacerlo ya estás protegida contra despido. Si se oponen por escrito tendrás que llevar el caso al juzgado de lo social (gratis y sin ser necesario abogado, pero puedes pedir uno de oficio). Si no contestan por escrito, teóricamente la reducción podría estar conseguida y se podría empezar con el horario reducido. Pero si no contestan también es mejor demandar. Desde luego es mucho más prudente. La demanda se pone en el juzgado de lo social. No se necesita abogado pero se puede pedir uno de oficio gratis. Se supone que es preferente por lo que el juicio se debería celebrar antes de 5 días y la sentencia no se puede recurrir. Aunque si pierdes nadie te impide pedir otro horario reducido, corrigiendo los "defectos" que indique el juez en la sentencia anterior, e iniciar de nuevo el proceso.
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Recomiendo este libro: www.lulu.com/content/4150910

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