Estoy de baja por maternidad y me gustaría solicitar una reducción de 1/8 de mi jornada una vez finalizado el permiso. Me gustaría saber cómo puedo hacerlo protegiendo al máximo mi puesto de trabajo, o sea, que mi jefe no pueda "chantajearme" para que no lo haga. Tengo horario partido (5h/mañanas y 3h/tardes) y me gustaría solicitar horario continuado de lunes a viernes de 8'30 a 15'30.
También me gustaría solicitar por escrito disfrutar del permiso de lactancia. ¿Puedo hacerlo en la misma carta? ¿Se pueden solapar los dos permisos? En caso de que sí me gustaría que me indicaran cómo hacer dicha solicitud, ya que entonces mi horario hasta que mi hija cumpliera los 9 meses sería de 8'30 a 15 horas.
Lo que tienes que hacer es comunicar que vas a acumular la lactancia en días libres. Esto no es un permiso que se solicita, sino que se comunica porque no cabe negativa. Fulanita comunica a Menganito S.A. que partir del día siguiente a la finalización de mi permiso de maternidad ejerceré mi derecho a acumulación del permiso de lactancia. Madrid a tal de tal. En cuánto al cálculo del número de días de acumulación de lactancia, si en tu convenio no dice cuántos son exactamente entonces te haces esta cuenta: la lactancia es una hora por día laborable, por tanto cuentas los días laborables que tendrás desde que empieces la acumulación hasta el día que el niño cumpla 9 meses. Eso son las horas totales de acumulación de lactancia. Entonces lo divides por el nº de horas que trabajas al día (sin contar las horas extras ilegales) y te saldrá el nº de días laborables que tienes de permiso acumulado de lactancia. La reducción la debes pedir antes de acabar la lactancia. En realidad puedes juntar los dos comunicados en uno. El derecho a reducción de jornada y escoger horario surge del hecho de tener el hijo sin ser necesarios más requisitos. No surge de tener un hijo y además no tener con quien dejarlo. Por tanto puedes ponerte el horario que quieras, de lunes a viernes o como quieras, siempre y cuando esté dentro de la jornada que hacías antes. También te lo puedes poner fuera de la jornada habitual, siempre y cuando en el horario que te quieres poner la empresa esté abierta y puedas ejercer tus funciones con pleno sentido. Es un derecho que te da el estatuto te los trabajadores, no te lo da la empresa. Lo tiene cualquier trabajador, independientemente del tipo de contrato, de jornada, de turno, de puesto, de lo que sea. Por tanto a la empresa se le comunica que vas a disfrutar del derecho, no se le solicita, al igual que tú no le solicitas permiso para casarte o para tener hijos y eso no te quita el derecho a disfrutar del permiso de matrimonio y el de maternidad. Lee el artículo "reducción de jornada" en mi web para completar información y para que te convenzas de que no me lo estoy inventando. El modelo es tan sencillo como este: Fulanito comunica a Menganito S.A. que a partir del día POR ejerceré mi derecho a reducción de jornada por cuidado de mis hijos menores, siendo mi nuevo horario de trabajo el siguiente: lunes de tal a tal, martes de tal a tal... Si no se oponen al nuevo horario mediante comunicación escrita en el plazo de 5 días, este mismo documento servirá de aceptación expresa del nuevo horario. Madrid a fecha de... Este documento te lo tienen que firmar en la empresa. Si no quieren se lo mandas por burofax (en Correos) con acuse de recibo y certificación de texto. Desde el momento de hacerlo ya estás protegida contra despido. Si se oponen por escrito tendrás que llevar el caso al juzgado de lo social (gratis y sin ser necesario abogado, pero puedes pedir uno de oficio). Si no contestan por escrito, teóricamente la reducción podría estar conseguida y se podría empezar con el horario reducido. Pero si no contestan también es mejor demandar. Desde luego es mucho más prudente. La demanda se pone en el juzgado de lo social. No se necesita abogado pero se puede pedir uno de oficio gratis. Se supone que es preferente por lo que el juicio se debería celebrar antes de 5 días y la sentencia no se puede recurrir. Aunque si pierdes nadie te impide pedir otro horario reducido, corrigiendo los "defectos" que indique el juez en la sentencia anterior, e iniciar de nuevo el proceso.
Muchísimas gracias. Me habéis aclarado bastantes conceptos dudosos que tenía. Hacéis una gran labor. Un saludo y seguid así.