Reducción de jornada.

Mi pregunta es la siguiente:
Trabajo en un comercio en turnos rotativos un día de mañana, al siguiente de tarde y así siempre, mi compañera realiza el turno contrario al mio, pues bien, mi compañera ha pedido la reducción de jornada y el turno fijo de mañana todos los días, quisiera saber si me pueden obligar a que yo realize el turno de tarde siempre, en mi contrato pone turnos rotativos.
¿Me podría negar a realizar ese turno fijo de tarde? ¿Me pueden despedir por tal causa? Estoy de acuerdo con que a ella se le de lo que pide pero no me parece que tenga que salir perjudicada, ya que quiero seguir manteniendo mi turno rotativo que es como me contrataron.
Una cosa más, no se si tengo un contrato en fraude, ya que mi incorporación fue para suplir el despido de otra chica indefinida, realizo las mismas actividades que ella hacía, pero me han puesto un contrato por obra, el motivo es una promoción que dura 8 meses y las navidades, pero como os comento, hago lo mismo que la chica a la que despidieron.
Muchas gracias de antemano.

2 respuestas

Respuesta
1
En cuanto a la reducción, existe la posibilidad de conseguir turno fijo en las empresas con muchos empleados, tipo centro comercial. De hecho hay una sentencia del TC que lo permite. Pero el ET dice textualmente que la reducción hay que hacerla dentro del horario habitual. En cuanto a pedir el horario fijo, las sentencias suelen dar prioridad al interés del hijo sobre el interés de la empresa, porque ese es el espíritu de la ley, pero por supuesto no se da preferencia al interés del menor sobre el interés de otro compañero de trabajo. Siendo solamente dos empleadas no está por tanto muy claro que pueda tener el derecho a fijar su horario, pero sí a reducirlo, manteniendo la misma rotatividad. Además mi consejo es que hables con la empresa y les digas que le nieguen esa reducción y que tú iras al juicio, si lo hay, como testigo y parte interesada (realmente la otra debería demandar a la empresa y a ti) y en el mismo afirmarás que si te fijan en horario de tarde, y aplicando tu derecho que te da el ET, rescindirás tu contrato voluntariamente con derecho a cobrar indemnización y paro. Con eso le das motivos sobrados al juez para negarle el horario fijo, aunque no la reducción en el porcentaje que quiera.
Tu contrato está claramente en fraude de ley, porque estás haciendo las mismas tareas que hacía antes otro empleado con contrato indefinido. Esto lo puedes mirar en un artículo de mi web, y lo de la reducción también.
------------------------------------------------------
En mi web tienes más información: www.laboro.es.gd/laboral.htm
Respuesta
1
La empresa puede imponerte el cambio de turno, si existen causas técnicas organizativas, económicas o de producción. En este caso, entiendo que pueden existir causas organizativas, si no existe otra forma de que la empresa atienda su demanda. Si no es así, no existirán dichas causas.
Por tanto, si te obligan, tienes 3 opciones:
- Aceptarlo,
- Aceptarlo temporalmente, pero reclamar que dichas causas organizativas no existen, en el juzgado de lo social. ( Si entiendes que no está justificada la decisión porque la empresa puede organizarse de otra forma sin necesidad de cambiarte el turno)
- Finalizar tu contrato, con derecho a una indemnización de 20 días por año de trabajado.
Se que es más complejo de lo que te gustaría, meterse en juicios y todo, pero son las opciones que te da la ley.
Respecto a si te pueden despedir, la respuesta es si. Otra cosa es que después pongas demanda en el juzgado de lo social, y el juez estime que no existían dichas causas, y obligue a la empresa a readmitirte. Pero se debería probar tal hecho.
Respecto al fraude de ley de tu contrato, casi seguro que si, pero te digo también que alrededor del 70% de las contrataciones temporales que se hacen actualmente, si seguimos al pie de la letra lo que dice la ley, son en fraude de ley. Y teniendo en cuenta que ese puesto es indefinido y no temporal (por lo que me dices), el contrato está en fraude de ley.
Pero, las empresas primero contratan a una persona por un tiempo para ver si están contentos con dicha persona y si es así posteriormente le hacen indefinida. Debería valerles el periodo de prueba, pero no suele ser así. Mi consejo en este sentido es que si quieres hacerte indefinida no demandes a la empresa (al menos por este tema del fraude), porque con tan poca experiencia no les costará nada tu indemnización por despido, y si les demandas, la relación se enturbia y puede ser que te hagan indefinida por obligación del juez, pero seguidamente te hagan un despido improcedente y te paguen la indemnización correspondiente( con tu antigüedad, muy poco). Ojo, es mi consejo, tu puedes hacer lo que quieras.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas