Reducción de jornada

Buenos días, el pasado 15 de Diciembre mi empresa me remitió un burofax indicándome la reducción de mi jornada ( pasando de 40 a 20 H/S) por motivos económicos a partir del próximo 12 de Enero. Actualmente me encuentro en situación de baja IT por continguencias comunes. ¿Puede indicarme que debo remitir para rechazar la propuesta de reducción de jornada? ¿Qué ocurrirá si no acepto la reducción de jornada?
Muchas gracias por adelantado

2 respuestas

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Puedes comunicárselo también mediante burofax, y si te reducen la jornada, en el burofax que te envían ha de poner las causas, y que lo haya autorizado o el comité, o la autoridad competente. Si no se cumple ninguna de estas situaciones, y te lo imponen, no dudes en denunciarlo de inmediato, aunque tu si ha sde trabajar lo has de hacer en las condiciones que ete dicen, hasta que salga la sentencia, que como seguramente la ganarás, tendrán que pagarte la jornada entera aunque te hayan hecho trabajar la mitad.
Pero, esto repercutirá en mi cotización a la SSocial para poder solicitar paro, ¿verdad?, es decir si me cambian la jonada sin yo autorizarlo, cuando solicite el paro será de media jornada y no de jornada completa, ¿no?
Muchas gracias por todo
No si ganas el juicio, ya que al haber reducido la jornada de modo unilateral y sin justificación, ya que no lo ha aprobado un comité ni la autoridad competente, obligarán a la empresa a pagarte ( y cotizarte ) como si hubieses estado trabajando a jornada completa, abonando la diferencia en ambos conceptos.
En el burofax que me enviaron alegan como causa la mala situación económica de la empresa, pero en mi delegación estoy yo sola y además trabajo desde casa. Mi empresa es parecido a una ETT y tengo que llevar el móvil las 24 horas del día además de sábados y domingos, por si surge algún problema laboral que yo debo resolver.
En el mismo burofax, indica que la decisión se ha tomado conforme a lo establecido en el artículo 41 del Real decreto Legislativo 1/1995, 24 de marzo, del texto Refundido de la ley del estatuto de los trabajadores. Yo he revisado ese artículo y al ser una decisión que sólo afecta a mi persona deberían de haberme dado un preaviso de 30 días y ha sido de 29, ¿es eso cierto?
Perdona que sea tan insistente pero esta situación me desborda.
Gracias por tu pronta respuesta
Efectivamente el art 41 referente a modificaciones sustanciale sde condicione sde trabajo establecve preaviso de 30 días. Si te dan 29, simplemente empezaras un día más tarde, pero si las causas no son ciertas, puedes denunciarlo y también acogerte a dejar la empresa con una indemnización de 20 días por año y derecho a paro.
Si las causas que alegas no crees que sean cuertas, denúncialo. Si lo son, puedes optar en irte con indemnización.
Respuesta
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En efecto, si al trabajador no le interesa, la empresa no puede efectuar una reducción de jornada, aunque ponga los motivos que le de la gana. Diferente, es que la empresa, efectuara un ERE, y redujera a toda la plantilla su jornada, por motivos económicos.
Por consiguiente, enviales un escrito vía burofax, o acude con una copia del mismo escrito a la empresa, para que te lo sellen, firmen y pongan la fecha de entrega, donde les debes decir que has recibido dicho burofax y que no estas de acuerdo con tu reducción de jornada.
Es tu derecho contemplado por la ley. Si incumplen con el mismo, debes demandarles.

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