Cobrar el subsidio por desempleo (Paro)
Te comento mi situación: Soy funcionario, y el año que viene me trasladan a otra comunidad autónoma. Mi mujer es profesora en una guardería de una fundación privada. Lleva 3 años trabajando y desde hace aproximadamente 1 tiene un contrato indefinido.
Mi mujer, en vistas al cambio, ya ha hablado con su empresa para avisar de que termina este curso pero no continúa el año que viene.
Le dicen que no saben si le van a poder arreglar los papeles del paro, alegando que la empresa tendría que pagar por "despido" algo que no es exacto pues es mi mujer la que decide voluntariamente no continuar, por las razones ya expuestas.
Mi pregunta es: ¿Tiene la empresa alguna forma de dar los papeles para poder cobrar el subsidio por desempleo sin tener que pagar algo? ¿En qué situación se iría mi mujer, es decir, como despedida, como que no quiere continuar, etc?. ¿Está obligada la empresa a facilitarle esta documentación? ¿Qué finiquito le correspondería?
Y, por último: En el caso de que mi mujer se marche sin recibir documentación alguna, tengo entendido que para poder cobrar el paro lo que se necesita es finalizar contrato. Es decir, si se marcha, lo que tiene cotizado no lo pierde, creo que es, en 5 años. Con lo cual, si se va a una ETT y trabaja un solo día, entiendo que finaliza contrato, con lo cual presentando eso en el INEM, ya debería cobrarlo. ¿Estoy en lo cierto?.
Mi mujer, en vistas al cambio, ya ha hablado con su empresa para avisar de que termina este curso pero no continúa el año que viene.
Le dicen que no saben si le van a poder arreglar los papeles del paro, alegando que la empresa tendría que pagar por "despido" algo que no es exacto pues es mi mujer la que decide voluntariamente no continuar, por las razones ya expuestas.
Mi pregunta es: ¿Tiene la empresa alguna forma de dar los papeles para poder cobrar el subsidio por desempleo sin tener que pagar algo? ¿En qué situación se iría mi mujer, es decir, como despedida, como que no quiere continuar, etc?. ¿Está obligada la empresa a facilitarle esta documentación? ¿Qué finiquito le correspondería?
Y, por último: En el caso de que mi mujer se marche sin recibir documentación alguna, tengo entendido que para poder cobrar el paro lo que se necesita es finalizar contrato. Es decir, si se marcha, lo que tiene cotizado no lo pierde, creo que es, en 5 años. Con lo cual, si se va a una ETT y trabaja un solo día, entiendo que finaliza contrato, con lo cual presentando eso en el INEM, ya debería cobrarlo. ¿Estoy en lo cierto?.
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Respuesta de Asade Sindicato