La persona que deja su empleo voluntariamente no tiene derecho a la prestación por desempleo, porque no esta en situación legal de desempleo.. Es decir que si un trabajador cesa voluntariamente y se marcha de la empresa en la que estaba trabajando, para comenzar a trabajar en otra empresa la situación legal de desempleo se producirá, cuando hayan transcurrido 3 meses desde el cese voluntario en la empresa anterior y el cese por no pasar el periodo de prueba por finalización del contrato de trabajo por despido o por cualquier circunstancia ajena al trabajador y a instancias del empresario, en la ultima empresa.. Es decir que si te marchas de la anterior empresa, para poder acceder a la prestación por desempleo tienen que pasar 3 meses, pero durante ese periodo de tiempo tienes que trabajar en una empresa y ser despedido por el empresario por finalización de contrato o por no haber superado el `periodo de prueba, paro si no pasan esos 3 meses o te marchas tu, en el INEM no te van a conceder la prestación por desempleo hasta que cumplas el requisito de los 3 meses y estés en situación legal de desempleo. Si te marchas de la empresa para darte de alta como trabajador por cuenta propia solamente podrás solicitar el pago único, cuando cumplas el requisito anterior, pero tienes que tener en cuenta que antes de darte de alta como autónomo tienes que inscribirte en el INEM) como demandante de empleo después de inscribirte tienes que solicitar la capitalización de la prestación y una vez que te hayan aprobado dicha prestación entonces te puedes dar de alta en el RETA como autónomo.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda,, Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez gracias y un saludo..