Despido con subrogación

Hola. Mi jefe traspasa su negocio (una farmacia) por motivos de salud y necesito saber si tiene obligación de liquidarme o el nuevo dueño se hace cargo de mi. En cso de liquidación ¿Cuántos días se pagan por año trabajado? ¿Se considcera fin de contrato (aunque estoy fija) o despido improcedente?. Gracias

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Tal como dice el art. 44.1 del Estatuto de los trabajadores:
El cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma no extinguirá por sí mismo la relación laboral, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica, y, en general, cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiere adquirido el cedente.
Por tanto no supone la extinción del contrato del trabajo y no se paga indemnización, tampoco se considera ni fin de contrato ni despido improcedente. Por último y en caso de que te queden salarios pendientes con tu anterior jefe ambos son solidariamente responsables del pago de los mismos, tal y como establece el art. 44.3 del Estatuto de los Trabajadores.

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