Nóminas pendientes de pago

Buenos días, trabajo desde hace 10 años en una empresa y me debe 5 nóminas. Cobramos cantidades a cuenta cuando hay dinero, con lo que la empresa no se ha negado en ningún momento a trabajar. Estamos esperando a ver si la situación mejora, pero pasan los meses y cada vez estamos peor. La empresa (una Sociedad Limitada) está estudiando presentar un ERE temporal porque no quiere cerrar definitivamente pero no tiene liquidez ahora mismo para seguir ¿debemos esperar nosotros a que nos presente el ERE temporal o debemos denunciar la falta de pago de nóminas? ¿En qué caso (bien ere o bien denuncia) podemos nosotros salir más beneficiados?
¿Puede la empresa presentar el ERE temporal aún siendo solamente 3 trabajadores? Pues me han dicho en el sindicato que lo mínimo son 6 tabajadores para poder presentar ERE ¿es así?
Gracias.

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Puedes solicitar que se rescinda el contrato por incumplimiento grave del empleador, teniendo derecho a indemnización de 45 días por año trabajado.
Si presentan un ERE, es muy posible que efectúen algún despido por causas objetivas (alegando económicas) y entonces tendrías derecho a 20 días por año.
Pueden presentar el ERE sin necesidad de solicitar la autorización al departamento de trabajo ya que sois menos de 10 trabajadores.
En ambos casos, tanto si solicitas rescisión de contrato o esperas a un ERE, si la empresa no tiene liquidez es posible que te veas en FOGASA, la diferencia del primero que, hasta que hubiese juicio, cobrarías salarios de tramitación, por lo que la pérdida no sería mayor.

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