Denunciar a una comunidad de vecinos

Mi marido está trabajando precariamente en una urbanización sin contrato y sin ss desde hace 1 año como mantenimiento de jardinero. Quiere denunciarlos porque dicen que en este país tenemos lo que nos merecemos y no le quieren dar de alta. Quieren que con el mismo dinero se haga autónomo. ¿Está de 8 a 14 horas con 800? De lunes a viernes. No tiene ni vacacioones, ni pagas ni ningún respaldo ante un accidente, cosa que es probable porque quieren que incluso suba a los tejados de los chalets a cortas sus plantas. Hemos ido al Inem y nos han dicho que denunciemos a la Inspección Provincial de Trabajado de Granada y que levantan un acta de inflación de cuotas de la ss y que si puede demostrar que lleva ese año les obligan a darse de alta desde que entró a trabajar. Por supuesto que si lo hace se queda sin trabajo. Mi duda es si se puede reclamar alguna indemnización o alguna cosa más aparte, si consigo un abogado social que nos ayude. En el caso de un abogado privado no podemos pagarlo. A qué organismo podemos recurrir para que nos ayude o asesore. He pensado en ir al juzgado y que me asesore un abogado del juzgado.

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Efectivamente debe de ir a la Inspección de trabajo de Granada, y la propia Inspección le dará de alta en SS.
Si posteriormente le despiden, habrá un juicio por despido, en el que tu marido podrá reclamar la nulidad del mismo, es decir, la readmisión, ya que el despido será una represalia por dicha actuación de la Inspección. Si no podéis pagar a un abogado privado, puedes dirigirte al colegio de abogado y pedir un abogado de oficio, a ver si te lo asignan, pues en principio, en los juzgados de lo social no es obloigatoria la presencia de abogado.
Gracias por la respuesta. Mi pregunta es si la inspección le da de alta desde ese momento o desde que empezó a trabajar y si le despiden que es evidente, cuánto tiempo puede mantener ese puesto de trabajo si le readmiten y cuánto tiempo va a estar sin recibir un sueldo desde que le despiden hasta que le readmiten. Gracias por todo.
La inspección le da de alta desde que se acredite que empezó a trabajar.
Es un problema de prueba. Si tiene testigos, documentos, etc. es más fácil..
Si lo despiden hasta que lo readmitan y vuelva a cobrar pueden pasar 4-5 meses, pero durante ese tiempo cobraría el desempleo, si la sentencia tiene por acreditados los periodos trabajados.

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