Finalización contrato 402

Me gustaría saber si tengo derecho a la indemnización de 8 días por año trabajado.
Mi situación es la siguiente:
Empecé trabajando con un contrato de practicas que tuvo una duración de 2 años, me exaron unos días a la calle para no tenerme que hacer indefinida. Me volvieron a contratar con un contrato 402 por 6 meses y me hicieron otra prorroga de 6 meses, se me acabo el contrato y me exaron otra vez a la calle por la misma razón, ahora empezado trabajando con otro contrato 402 por un año. Me gustaría saber ¿si en el finiquito que me han exo me deberían haber indemnizado esos 8 días y también si realmente tenían obligación de hacerme indefinida? Me rijo por el convenio del metal de Bizkaia.

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El finiquito de tu contrato es de 8 días por año. Y sí, deberían haberte hecho indefinida, pero quien hace la Ley, hace la trampa, por eso te han echado para no hacerte fija y por eso te han indemnizado. Lo legal hubiera sido que no te indemnizarán y transformar ese contrato (402) a indefinido.
De este modo, conservarías tu antigüedad desde el principio del 402 hasta la fecha.
Gracias es lo que me imaginaba que m tndrian que aber exo indefinida, pero la cuestión es que en el finiquito no m metieron la indemnización de los 8 días por año trabajado y empiezo a pensar que m tan tomando el pelo, entonces necesito asegurarme de que es así y hablar con ellos sabiendo que es de esta forma.
Saludos y gracias
Y otra cosa, si no t quieren acer indefinida, es verdad que tiene que pasar mínimo 6 meses desde la finalización del contrato para que entrara en la "legalidad" el nuevo contrato y no pudieras reclamar ser indefinido... espero haberme explicado.
Muchas gracias
Seis meses, no. Con veinte días es suficiente.

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