Baja voluntaria

Hola, llevo trabajando 11 años por cuanta ajena en una empresa y he decidido irme de forma voluntaria, me voy a otra empresa que me hece un contrato mercantil, si en esta nueva empresa no me fuese bien y se rescindiera el contrato, ¿puedo solicitar el paro de mi anterior trabajo? ¿Cuánto tiempo tendría que pasar y si tendría que estar contratado de nuevo para cobrarlo? ¿Y cuánto seria el importe de la prestación?, gracias.

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Un contrato mercantil no te da derecho a prestacoines por desempleo, por eso una vez finalizado se vería la anterior relación laboral para ver si te da derecho a paro.
Como la situación anterior sería una baja voluntaria, y la baja voluntaria no está contemplada para una situación legal de desempleo, pues no se te concedería la prestación.
Tendrías que aceptar una oferta de trabajo adecuada, y que cotice al desempleo, y una vez finalizada esa relación laboral sin que sea por tu voluntad, pues ya podrías soliitarlo.
El importe de la prstación es el 70% de la cuantía diaria, media entre los 180 últimos días cotizados al desempleo, a partir del 181 esta cuantía baja al 60%
Entendido, pero si con el nuevo trabajo no va bien y se rescinde el el contrato mercantil, cuanto tiempo como mínimo tengo que estar contratado para poder cobrar el paro y cuanto tiempo tendría de paro, gracias.
Se miraría, desde que estés en situación legal de desempleo, o sea, desde que se te acabe un contrato, un ere de extinción, un despido... se miran los 6 últimos años cotizados. Y según los días que tengas cotizados te corresponderá un período.
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/pdf/GuiaPrestacionContributiva.pdf
Aquí puedes ver los días y los tramos.
Ten en cuenta que si justo tuvieses el cese involuntario a los 11 años de estar trabajando y solicitases ahí la prestación por desempleo tendrías derecho a l máximo, a 2 años. Pero si lo solcitas más tarde el tiempo de alta en el contrato mercantil no te computará
no te puedo decir el tiempo mínimo contratado, ya que se podría ebtender como fraude de ley para acceder a prestaciones.
Tienes que aceptar una oferta laboral y cuando se acabe la relación laboral, involuntariamente, pues ir a solicitar prestaciones.
Se puede entender como un contrato instrumental, de fraude, si es de días, porque ya te digo, después de un contrato de 11 años con baja voluntaria luego un colocaci´n de días para venir a pedir el paro se puede entender que ese contrato es un fraude para poder acceder a las prestaciones, un contrato instrumental como t dije
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Si te vas voluntariamenteno tienes derecho a paro y como mínimo debería ser un contrato de 6 meses para poder cobrar paro y la cuantía depende de la base de cotización
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El plazo que tenemos para reclamar las prestación por desempleo es de 15 días naturales desde la fecha del despido.
La baja voluntaria no da derecho a percibir la prestación por desempleo a no ser que usted lo negocie con la empresa y está se lo conceda preparándole los papeles para el paro, pero esto no siempre ocurre ya que las empresas no están obligadas a hacerlo en caso de bajas voluntarias.
Por otro lado, si usted inicia una nueva actividad con otra empresa ya no puede reclamar el paro con la anterior, si no que tendrá que hacerlo con los papeles que le prepare la nueva empresa.
Respecto a la cantidad de la prestación, todo dependerá de la cuota de cotización que haya tenido usted, de todas formas, esto quien mejor le puede asesorar es la propia oficina del inem, ya que tienen todas sus cotizaciones, pero le aviso que solo se cogen para el cálculo de la cuantía a percibir las cotizaciones de los últimos 6 meses.

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