Despido estando de baja

Hola Josbian, me gustaría saber si puedo despedir a mi empleada estando de baja, lleva de baja desde el día 23 de Agosto.

Muchas gracias

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Con la nueva reforma laboral la empresa o el empleador/ra) puede aplicar un despido objetivo por falta de asistencia al trabajo (absentismo laboral) cuando las faltas al trabajo aun siendo justificadas representan el 20 por ciento de la jornada laboral en un periodo de dos meses consecutivos, o el 25 por ciento en 4 meses dentro de un periodo de 12 meses discontinuos, eso supone que faltar dos periodos de cinco días dentro de un periodo de dos meses consecutivos, o seis días al mes en cuatro meses alternos dentro de un año, podrá ser causa automática de despido, con derecho a percibir una indemnización equivalente a veinte días por año trabajado, y el tope de una anualidad pero no se computará como faltas de asistencia en este despido, las ausencias debidas a huelga legal, ejercicio de actividades de representación sindical, maternidad, paternidad, accidente de trabajo, y las bajas médicas de duración superior a veinte días. Ta muy bien se puede despedir a un trabajador aun estando en situación de incapacidad temporal pero por alguna causa ajena a la propia incapacidad laboral, por ejemplo por alguna causa disciplinaria cometida antes de la baja y que no se pudo efectuar en su momento porque coincidía con la baja del trabajador o por que se puede acreditar que la baja es una baja fraudulenta etc.. el procedimiento que tienes que seguir para aplicar el despido objetivo por absentismo laboral lo tienes en el enlace que te dejo a continuación:Ya sabes si tienes alguna duda pregunta si no finaliza la pregunta gracias y un saludo...

http://gemap.es/pdf/reforma_laboral/despido_objetivo_por_absentismo.pdf

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