La pega con la que te vas a encontrar si eres tu quien se marcha voluntariamente de la empresa es que, el cese voluntario no esta considerado como una situación legal de desempleo y por lo tanto de corresponderte la prestación por desempleo no tendrás derecho a cobrar dicha prestación hasta que no transcurran tres meses desde el cese en la empresa anterior, y la finalización de otro contrato de trabajo ya sea por finalización del contrato por no pasar el periodo de prueba o por cualquier otra circunstancia a instancias del empresario y ajenas a tu voluntad, es decir que para que puedas acceder a la prestación que te corresponda después de marcharte voluntariamente de la empresa, tienen que haber pasado tres meses y encontrarte en situación legal de desempleo en el momento de solicitar la prestación por desempleo y para encontrarte en esa situación tienes que haber finalizado un contrato de trabajo de 1,2, o 3 meses, o haber sido despedido a instancias del empresario como por ejemplo por no haber pasado el periodo de prueba, porque mientras no se de cualquiera de esas circunstancias y no te encuentres en situación legal de desempleo en el INEM no te van a tramitar la prestación por desempleo.. Espero haberte aclarado las dudas, No se te olvide finalizar la pregunta gracias..