Jubilación del empresario e indemnización de trabajador

A [email protected] orientación, porque estoy hecho un lio... Expongo mi caso: resulta que llevo trabajando varios años en la misma empresa, (una pequeña empresa de pueblo...) yo soy el único empleado, en la empresa trabajamos sólo el dueño y yo... Y al dueño le queda un año para jubilarse... Mis dudas son:

- Cuando se jubile y cierre la empresa...¿me tiene que dar alguna indemnización?

- si es así:¿Cuánto me debe de imdemnizar?

- Si me voy a trabajar a otra empresa ...¿me respetan la antigüedad?

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En caso de jubilación del empresario te corresponde una indemnización de un mes de salario. (Si ganas mil euros al mes esa es la indemnización).

Si otra persona viene a explotar el negocio donde trabajas, entonces este nuevo empresario sí tiene que hacerse cargo de tu antigüedad y de todos los derechos adquiridos que tuvieras, evidentemente el antiguo empresario no te tiene que indemnizar porque no estarías despedido.

Si vas a trabajar a otra empresa, aunque sea del mismo gremio, no tienen que respetarte la antigüedad porque para ellos seras un empleado nuevo, Es posible que incluso te pongan en el contrato un periodo de prueba.

buenas.... es que me ha quedado una dudilla.... se refiere usted que si se jubila el empresario sólo me tiene que pagar un mes?

y.....todo lo que yo he contribuido a la seguridad social? todo lo que me retienen cada mes? ¿eso no me sirve para nada?

si se jubila el dueño y me quedo en la calle...... no me pertenece nada mas que un mes? ¿para eso llevo trabajando casi 20 años?

perdone, pero es que de estos temas como habrá observado no entiendo mucho....

un saludo..

Sí, es correcto, si el empresario se jubila solo te corresponde un mes de salario en concepto de indemnización.

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