La empresa puede modificar las condiciones de trabajo de sus empleados cuando existan razones que justifiquen dichas modificaciones pero de existir razones suficientes como para modificar las condiciones de los trabajadores como las económicas técnicas organizativas o de producción relacionadas con la productividad, y la competitividad, la empresa no las puede imponer unilateralmente, porque el trabajador tienen derecho a decidir si acepta dichas condiciones, las impugna o decide dar por extinguida la relación laboral con la empresa con el derecho a ser indemnizado con 20 días por año de servicio en la empresa y con un máximo de 9 mensualidades ademas del derecho a percibir la prestación por desempleo si reúne el periodo de carencia de 360 días o a reiniciarle si le tiene suspendido.. Por lo tanto, la empresa no te puede reducir la jornada de trabajo sin que antes te lo haya comunicado por escrito con 15 días de antelación a ti y a los representantes de los trabajadores si los hubiera en la empresa, ademas de la comunicación de la reducción de la jornada laboral, en la carta te tiene que explicar detalladamente la causa de la modificación de las condiciones de trabajo, porque si no estas de acuerdo tienes derecho a impugnarla en el juzgado de lo social para que sea un juez quien decida si dicha modificación se ajusta a derecho o no se ajusta, pero lo que no puede hacer la empresa es reducirte la jornada laboral sin contar contigo y sin cumplir con el procedimiento que exige el articulo 41 del ET y que puedes consultar en el enlace que te dejo mas abajo.. Así que deberías de ponerte en contacto con un abogado o algún sindicato porque la reducción de la jornada laboral no se puede imponer sin aplicar el procedimiento que se exige para modificar las condiciones de trabajo, aunque también podrías denunciar la situación ante la inspección de trabajo y seguridad social, pero eso lo tienes que decidir tu mismo, pero ante todo tienes que saber que el procedimiento de la empresario es totalmente ilegal y si lo denuncias se procedería a su anulación.. Puedes denunciarlo ante la inspección de trabajo y seguridad social para que los inspectores de trabajo se pasen pos la empresa y verifiquen la modificación de las condiciones de trabajo, o puedes asesorarte en un sindicato para que sus servicios jurídicos se hagan cargo de los tramites de la demanda .. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a41