Urbanización de terrenos, cargas legales y transmisión de la propiedad de fincas
Quiero comprarme una casita, y cuando he ido al registro a por una nota simple, en titularidades aparece el nombre del dueño de la casa (todo bien) y a continuación algo que no me ha gustado mucho aunque realmente no se lo que es y dice así:
Haciéndose constar que en cumplimiento de lo exigido por el ayuntamiento de ..., queda afecta la total superficie de la misma, y en su caso la construcción existente, para asegurar la transmisión a la Administración del suelo dotacional preciso para urbanizar dotando a su parcela de la condición de solar y los excedentes de aprovechamiento que correspondan, a tenor de lo que señala el articulo 73.2 de la ley 6/94, como garantía real y de publicidad y efectos frente a terceros, los cuales en caso de transmisión de esta finca, quedaran subrogados en la posición del transmitente frente a la Administración, según consta de nota al margen de fecha 28 de septiembre de 1998.
¿Me he enterado de que toda esa zona la van a urbanizar pero mi gran duda es si yo la compro quien decide sobre esa parcela el ayuntamiento o yo? ¿Pueden quitarme parte de ella? ¿Puede prescribir esa clausula del ayuntamiento? La verdad es que estoy hecha un gran lio porque cuanto más lo leo menos lo entiendo o cada vez le doi una interpretación.
Si puede aclararme algo le estaría eternamente agradecida
Un besazo y gracias
Haciéndose constar que en cumplimiento de lo exigido por el ayuntamiento de ..., queda afecta la total superficie de la misma, y en su caso la construcción existente, para asegurar la transmisión a la Administración del suelo dotacional preciso para urbanizar dotando a su parcela de la condición de solar y los excedentes de aprovechamiento que correspondan, a tenor de lo que señala el articulo 73.2 de la ley 6/94, como garantía real y de publicidad y efectos frente a terceros, los cuales en caso de transmisión de esta finca, quedaran subrogados en la posición del transmitente frente a la Administración, según consta de nota al margen de fecha 28 de septiembre de 1998.
¿Me he enterado de que toda esa zona la van a urbanizar pero mi gran duda es si yo la compro quien decide sobre esa parcela el ayuntamiento o yo? ¿Pueden quitarme parte de ella? ¿Puede prescribir esa clausula del ayuntamiento? La verdad es que estoy hecha un gran lio porque cuanto más lo leo menos lo entiendo o cada vez le doi una interpretación.
Si puede aclararme algo le estaría eternamente agradecida
Un besazo y gracias
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Respuesta de juanhito
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