Legalizar terreno

Quisiera que me ayudase con el siguiente problema. En 1984 mi marido compró una finca rustica que estaba dividida en 5 parcelas. Ahora hemos querido unificarlas en una y nos hemos enterado que en su día el primer propietario vendió una parcela dos veces. A uno se lo dio en propiedad y al otro en escritura. Es decir nosotros estamos disfrutando de ese terreno, pero el otro lo tiene en escritura. Toda la finca esta vallada y durante todo este tiempo el vecino no ha reclamado nada, creemos que tampoco lo sabe. La finca esta así desde el año más o menos 1974 pues tuvo otros propietarios. El impuesto lo paga el primer propietario pues tiene otra finca. Y mi pregunta es ¿cómo podemos hacer que ese terreno pase a nosotros en escritura? ¿Tenemos qué esperar a los 30 años? O aportando que esa finca lleva así desde 1974 ya podemos escriturarla como nuestra. En total son unos 6.000m y esos nos permitiría poder solicitar agua potable, por ejemplo.
Respuesta
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Estimada ana:
Entiendo que lo que me dice es que hay cinco fincas registrales diferentes, aunque sobre el terreno sea una sola finca de carácter rústico y que una de las cinco está registrada a nombre de otra persona y que al tratar de agruparlas en una sola es cuando ha surgido el problema.
También entiendo que esas cinco fincas registrales no pagan la contribución, ninguna de ellas, o por lo menos, la que es conflictiva la paga el primer propietario: es decir la persona que la tiene a su nombre sin saberlo.
Una de las posibilidades es esperar los treinta años.
Otra, es un procedimiento registral de agrupación de las cuatro fincas en una sola con declaración del exceso de cabida si no supera el veinte por ciento previo levantamiento de plano topográfico, comprobación de a qué parte de la finca afecta la porción que está inscrita a nombre de otro ( si está en el centro, en un lateral, colindante con la finca del propietario registral etc.etc
En resumen, estimada Ana: Internet es magnífico pero tiene limitaciones.
Es un asunto para verlo sobre el terreno, pero mi consejo es que hable con algún abogado de la zona y dígale que le han recomendado hacer una agrupación de fincas con declaración del exceso de cabida según reciente medición. El entenderá a lo que yo me refiero. Si es factible es el mejor, más rapido y más económico sistema.
La contribución la paga otra persona que no es la que la tiene escriturada. Es un propietario anterior que tuvo mi finca, y la del vecino, pero como sabe del problema no quiso reclamar ni hacer nada. El tiene otros terrenos en la zona y paga la contribución pero como es muy poco dinero no le importa. El contratar un abogado ya lo hicimos y nos agrupo el resto de las fincas pero este problema no supo solucionarlo y al final lo tuvimos que dejar. A la finca se le hizo un levantamiento de plano topograficoy no se que más cosas. La finca está colindante con la finca del propietario registral. Desgraciadamente en mi pequeña ciudad no hay abogados que estén familiarizados con este tema. ¿Se puede sumar a los 30 años, los años que estuvo en manos de otros propietarios, o tiene que sumar 30 años un solo propietario?. Muchas gracias.
Estimada señora: Yo no soy amigo de rendirme así como así.
Si el abogado al agrupar la finca no hizo el aumento Vaya a la notaria y diga que quiere hacer una ampliación de cabida, le dirán la documentación que necesita.
O haga una acción de deslinde con el vecino registral que es colindante, si lo tiene claro.
O Consulte los planos topográficos del catastro, el SIGPAC del Ministerio de Agricultura a ver si puede aclarar la situación... Hay muchos caminos para acreditar la ocupación pacífica y tolerada, el que alguien sea titular registral no significa nada, significa lo que pone un papel, dueño es quien defiende lo suyo.
                        En cuanto a la suma de años para la prescripción adquisitiva no lo sé rotundamente porque no se me ha dado nunca el caso, he llevado a virtud de herencia y sí suman los años.
                  Habría que ver la documentación del que les vendió y la de Vds. pero si está clara la ocupación del trozo, los linderos, dimensiones de la finca etc. " y se puede acreditar la buena fe" yo no descarto la posibilidad.
                   Una cosa que sí haría yo, es llevar al notario al anterior propietario y junto con una serie de fotos y un plano de la finca, reconozca las lindes y lo que realmente les vendió y lo que está realmente ocupado por Vds..
Aquí todos vamos teniendo años y si un día el asunto salta los mismo han cascado los directamente conocedores del asunto.

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