Arrendamiento
Tengo una casa arrendada en un pueblo pequeño. El contrato es desde septiembre hasta junio. Ahora he visto otra que me interesa más, puesto que tengo que pagar menos de la mitad. Lo he dicho a los propietarios. Pero me dicen que tengo que dar un preaviso. El contrato no lo pone, pero dice que se rige por la ley 29/1994 de 24 de noviembre. No sé si esta ley comenta algo sobre esto. Y si no termino el contrato hasta junio y no doy el aviso muy pronto, quisiera saber si es suficiente con la fianza que dí. ¿O me pueden penalizar más? También me exigen el dinero del mes, pero yo aún no quiero darlo, puesto que solo estaré la mitad aproximadamente y lo estoy pagando anticipadamente. Además me deben dinero de recibo de luz que no era mío. Les he dicho que ya ajustaremos cuentas, pero me exigen el dinero ya de todo el mes. Y la luz también está a mi cuenta, cosa que hasta que no arregle, no podemos hacer cuentas. Gracias.