Multa por velocidad - Radar

Buenos días; me gustaría que me ayudaran con la siguiente consulta:
El día 13/07/2009 he recibido por correo en mi domicilio una denuncia del ayuntamiento de Madrid por exceso de velocidad al pasar por el radar de la A-5, Km 4 Salida (dirección Talavera) poco después de salir del túnel, con fecha de infracción 10/04/2009. A la altura de este radar la velocidad está limitada a 70 Km/h. En la denuncia me indica como hecho denunciado, circular a 74 Km/h con limite 70 Km/h aunque en la foto que me envían como documentación complementaria la velocidad que pone son 79 Km/h. En la denuncia pone como fecha de emisión de la notificación 06/07/2009 y yo la recibo en mi domicilio el 13/07/2009.
En alguna ocasión he visto por internet tablas de la DGT, etc, que indican a partir de que velocidad hay multa dependiendo del limite de velocidad en la zona y he comprobado en estas tablas que cuando el limite es de 70 Km/h la multa es a partir de los 80Km/h; teniendo en cuenta esto y el tiempo en recibir en casa la notificación de la denuncia desde el día de la infracción, mi duda es saber si debo recurrir o no; es decir, si la denuncia es ilegal o no, ya que si es legal, supongo que será inútil recurrir y en caso de que la denuncia fuese legal entiendo pues que no hay que hacer demasiado caso a las tablas de velocidad/multas aunque estas sean de la DGT.
Muchas gracias y un saludo

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