Recurrir una multa de tráfico.
Buenos días querido experto:
Tengo una duda que me corroe por dentro. Hace unos días recibí de mi banco un extracto donde se me indicaba que me habían retenido una cierta cantidad (124 euros) a instancias del Ayuntamiento de Valencia y en referencia a una supuesta multa de tráfico. Posteriormente me llegó una carta del Ayuntamiento que servía como " notificación al deudor de la diligencia de embargo de cuentas" donde me indican únicamente la cantidad que me van a embargar.
Mi pregunta es: ¿Se me puede embargar sin notificarme anteriormente la existencia de la susodicha multa? ¿Y no debería tener un plazo para recurrir dicha multa?
¿Qué puedo hacer yo, ahora, para recurrir dicha diligencia de embargo? En la parte posterior de la diligencia de notificación me indica que dispongo del plazo de un mes para recurrir dicho acto administrativo si no estuviera de acuerdo, mediante dos recursos: uno de reposición potestativo y una reclamación económico-administrativa.
¿Puedo hacer algo, como y ante quien? Muchísimas gracias de antemano por la contestación. Un saludo.
Tengo una duda que me corroe por dentro. Hace unos días recibí de mi banco un extracto donde se me indicaba que me habían retenido una cierta cantidad (124 euros) a instancias del Ayuntamiento de Valencia y en referencia a una supuesta multa de tráfico. Posteriormente me llegó una carta del Ayuntamiento que servía como " notificación al deudor de la diligencia de embargo de cuentas" donde me indican únicamente la cantidad que me van a embargar.
Mi pregunta es: ¿Se me puede embargar sin notificarme anteriormente la existencia de la susodicha multa? ¿Y no debería tener un plazo para recurrir dicha multa?
¿Qué puedo hacer yo, ahora, para recurrir dicha diligencia de embargo? En la parte posterior de la diligencia de notificación me indica que dispongo del plazo de un mes para recurrir dicho acto administrativo si no estuviera de acuerdo, mediante dos recursos: uno de reposición potestativo y una reclamación económico-administrativa.
¿Puedo hacer algo, como y ante quien? Muchísimas gracias de antemano por la contestación. Un saludo.