Resbalón por charco en escalera comunidad

Al bajar las escaleras del portal del piso de unos familiares, resbalo con un charco que había en el tramo final de las escaleras, y caigo hacia delante dando con mi cabeza contra una puerta y rebotando hacia atrás. Me trasladan de urgencia al hospital y allí tras una noche en observación me dan el alta diagnosticandome una contractura cervical. Yo sufro muchos dolores y mareos. De esto hace ahora 5 días. El medico me ha dado la baja por accidente no laboral. ¿Qué tengo que hacer ahora para reclamar al seguro de la comunidad? ¿Tengo alguna posibilidad de al menos cobrar por los días que no puedo trabajar y por las posibles secuelas?

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Lo primero es intentar solucionarlo amistosamente con el seguro aportando toda la documentación médica de que dispongas
Si el seguro se hace cargo y te hace una buena oferta puedes cerrar el tema ahí
Si no se hace cargo deberás reunir todas las pruebas que puedas (sobre todo testificales), y presentar una demanda civil, es necesario que el seguro cubra este tipo de responsabilidad
Para calcular la indemnización necesitarás un informe médico pericial de valoración de secuelas y días de baja
Es conveniente que las comunicaciones con el seguro lo hagas de forma fehaciente (que dispongas escritos del seguro que acrediten que estáis negociando la indemnización) a fin de interrumpir la prescripción
Muchas gracias por tu pronta respuesta... ayer mismo por la tarde me han asesorado pero en otro sentido, quería saber tu opinión:
- Me han dicho que espere unos días para hablar con el seguro del edificio porque éstos suelen buscar un medico afín a sus intereses que te vea y te quiera dar el alta lo antes posible... así que mejor que por ahora me lo vaya viendo el de cabecera, es decir, el de la seguridad social... ¿qué te parece ese primer paso?
- Y que mientras tanto, vaya buscando testigos, que los hay, de lo sucedido, a ser posible no familiares. Esto es más complicado porque en ese momento las primeras personas que me vieron fueron mi esposa, mi suegro, mi cuñada y una prima lejana de mi mujer... ¿valdrían cómo testigos o al ser familia no valdría?
De nuevo gracias y espero conocer tu opinión
Lo de esperar unos días puede hacerlo (tiene un año de plazo para presentar la reclamación, pero conviene no demorarlo más allá de lo necesario), el alta solo puede dártela tu medico de cabecera, no el medico del seguro, lo que puede intentar el seguro es que pases revisión por su médico para valorar secuelas, evidentemente siempre realizará una revisión a la baja, por lo que es más aconsejable que presentes tu mismo un informe pericial de valoración de secuelas (ha de realizarlo un médico privado)
Lo de los testigos sería muy conveniente que no fueran familiares y que hubieran visto tu caída, no basta que te hayan asistido después de la caída, en otro caso el asunto se podría complicar

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