Indemnización por accidente de tráfico y gastos cubiertos
Hace siete meses sufrí un accidente de tráfico. La vía es de doble sentido, en ese momento la calzada tenia tres carriles, dos en un sentido y uno, por el que yo circulaba, en el otro sentido. El otro coche implicado, ocupado por dos personas, cruzó dos carriles e invadió el mío. Yo circulaba sólo. El choque fue fronto-lateral.
En el accidente falleció el conductor del vehículo contrario y el acompañante tuvo lesiones. Yo perdí la conciencia por un breve espacio de tiempo como consecuencia del impacto y resulté policontusionado. Posteriormente, con las resonancias realizadas, se diagnóstico una fisura en el esternón, edema traumático en la rodilla derecha, un edema traumático con probable fisura lineal sin aplastamiento de vértebras L1 y D10, además del fuerte latigazo cervical.
Mi compañía de seguros MAPFRE me citaba periódicamente y en su centro médico (UCMP, ahora ICOT), situado en Las Palmas de G.C. A 35 km. De mi domicilio. Como resultado de estas exploraciones en estas citas me mandan a hacer rehabilitación a diario a un centro de mi ciudad. Debo mencionar antes de continuar que en mi domicilio el único vehículo que existía era el mío y que resulto siniestro total.
También en estas citas se decide que acuda a un psicólogo (11 sesiones), cuya consulta también se encuentra en Las Palmas de G. C. Insisto en este aspecto porque todos los desplazamientos los he realizado en taxi, con el consecuente gasto económico, ya que las paradas del servicio de autobús no se encuentran próximas a mi domicilio y el llegar a las localizaciones de las citas requería del empleo de un mínimo de dos transbordos con la dificultad de compaginar los horarios.
He recurrido a Indemnización Directa para mi representación jurídica. Actualmente ya he sido dado de alta y la puntuación que me han dado por secuelas es de tres puntos, según la doctora de Indemnización Directa. Ya que no me ha valorado ningún otro forense.
Mi consulta es acerca de los taxis utilizados para acudir a todas las citas de las consultas médicas, resonancias, rehabilitación, psicólogo, médico compañía contraria (Reale), incluso la Mutua Universal de mi trabajo (aclarar que no fue accidente laboral).
Me reconocen 192 días de baja laboral. Solo quieren pagarme los medicamentos, factura del dentista (reconstrucción de un diente que me partí en el accidente) y de las facturas de taxis una mínima cantidad. Consideran excesivo el gasto efectuado. Tengo facturas de todos y cada uno de los desplazamiento y coinciden en fecha y hora con las citas a las que debía acudir por requerimiento de mi compañía, la compañía contraria, el psicólogo, rehabilitación,... ¿La cantidad es de más de 3000?.
No sé si podré recuperar este dinero. Indemnización Directa tiene fijados sus honorarios en un 25 % de la indemnización, no de los gastos producidos en el periodo de baja, aunque estén totalmente justificados. Insisten en que es imposible aumentar la cuantía que se propone (¿700?) Para cubrir estos gastos que he tenido, "ellos no obtienen beneficio de estos gastos". ¿Es posible que sea este el motivo?
En cuanto a sus honorarios, me aseguran que éstos me serán devueltos, previa reclamación, por mi compañía. Debo hacer la reclamación yo, ellos no se hacen cargo de la misma. ¿Es cierto que puedo hacer esta reclamación? ¿Qué posibilidades hay de recuperar ese importe? ¿Hay alguna diferencia si el caso es llevado a juicio o si se resuelve sin tener que hacerlo?
Me aseguran que es indiferente, pero también me dijeron que teniendo las facturas de los desplazamientos no habría problema en recuperar el dinero... Y si que lo hay.
Muchísimas gracias. Sé que me he extendido, pero he intentado facilitar el máximo de datos posible.
En el accidente falleció el conductor del vehículo contrario y el acompañante tuvo lesiones. Yo perdí la conciencia por un breve espacio de tiempo como consecuencia del impacto y resulté policontusionado. Posteriormente, con las resonancias realizadas, se diagnóstico una fisura en el esternón, edema traumático en la rodilla derecha, un edema traumático con probable fisura lineal sin aplastamiento de vértebras L1 y D10, además del fuerte latigazo cervical.
Mi compañía de seguros MAPFRE me citaba periódicamente y en su centro médico (UCMP, ahora ICOT), situado en Las Palmas de G.C. A 35 km. De mi domicilio. Como resultado de estas exploraciones en estas citas me mandan a hacer rehabilitación a diario a un centro de mi ciudad. Debo mencionar antes de continuar que en mi domicilio el único vehículo que existía era el mío y que resulto siniestro total.
También en estas citas se decide que acuda a un psicólogo (11 sesiones), cuya consulta también se encuentra en Las Palmas de G. C. Insisto en este aspecto porque todos los desplazamientos los he realizado en taxi, con el consecuente gasto económico, ya que las paradas del servicio de autobús no se encuentran próximas a mi domicilio y el llegar a las localizaciones de las citas requería del empleo de un mínimo de dos transbordos con la dificultad de compaginar los horarios.
He recurrido a Indemnización Directa para mi representación jurídica. Actualmente ya he sido dado de alta y la puntuación que me han dado por secuelas es de tres puntos, según la doctora de Indemnización Directa. Ya que no me ha valorado ningún otro forense.
Mi consulta es acerca de los taxis utilizados para acudir a todas las citas de las consultas médicas, resonancias, rehabilitación, psicólogo, médico compañía contraria (Reale), incluso la Mutua Universal de mi trabajo (aclarar que no fue accidente laboral).
Me reconocen 192 días de baja laboral. Solo quieren pagarme los medicamentos, factura del dentista (reconstrucción de un diente que me partí en el accidente) y de las facturas de taxis una mínima cantidad. Consideran excesivo el gasto efectuado. Tengo facturas de todos y cada uno de los desplazamiento y coinciden en fecha y hora con las citas a las que debía acudir por requerimiento de mi compañía, la compañía contraria, el psicólogo, rehabilitación,... ¿La cantidad es de más de 3000?.
No sé si podré recuperar este dinero. Indemnización Directa tiene fijados sus honorarios en un 25 % de la indemnización, no de los gastos producidos en el periodo de baja, aunque estén totalmente justificados. Insisten en que es imposible aumentar la cuantía que se propone (¿700?) Para cubrir estos gastos que he tenido, "ellos no obtienen beneficio de estos gastos". ¿Es posible que sea este el motivo?
En cuanto a sus honorarios, me aseguran que éstos me serán devueltos, previa reclamación, por mi compañía. Debo hacer la reclamación yo, ellos no se hacen cargo de la misma. ¿Es cierto que puedo hacer esta reclamación? ¿Qué posibilidades hay de recuperar ese importe? ¿Hay alguna diferencia si el caso es llevado a juicio o si se resuelve sin tener que hacerlo?
Me aseguran que es indiferente, pero también me dijeron que teniendo las facturas de los desplazamientos no habría problema en recuperar el dinero... Y si que lo hay.
Muchísimas gracias. Sé que me he extendido, pero he intentado facilitar el máximo de datos posible.
2 Respuestas
Respuesta de joseamart
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Respuesta de manuelenci
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