Que indemnización podemos pedir

Bueno el caso es que mi suegra lleva viviendo en esta casa desde el 1 de Julio de 1973, pagando 1.500 pesetas al mes. Le fueron subiendo según el IPC y por alguna reforma que realizó en la vivienda, hasta el día de hoy que paga 35.93 euros. Bueno hasta aquí todo correcto.
Resulta que estas viviendas tan antiguas han comenzado a pasar una revisión impuesta por el ayuntamiento llamada ITE.
Desde el día 7 de Mayo de este año, día en el que obligaron a mi suegra que firmara un documento en el que le impedían que entrara a la vivienda hasta la finalización de las reformas pertinentes en dos techos interiores. Uno de ellos es de uralita y dicen que es ilegal y tienen que quitarlo profesionales en el tema y es bastante caro. La verdad que creemos que engordaron más de la cuenta las obras interiores en dimensiones y cuantías para no arreglarla, diciendo que valían 30.000 euros las obras y que no tenían suficiente dinero para realizarlas y que pondrían el asunto en manos del ayuntamiento. Esto no es muy cierto ya que los dueños tienen bastantes casas en propiedad y algunas de ellas las tienen cerradas y ni las venden ni las alquilan. Resulta raro que digan que no tienen dinero. Vinieron dos mujeres del ayuntamiento para tasar los daños pero hace ya un mes y no han dado respuesta.
Pusimos el tema en manos del defensor del ciudadano porque no nos informaban de nada los dueños de la casa y a partir de aquí se empezaron a manifestar. Lo último que nos han dicho es que le daban otra casa pero pagando tres veces más o sea 90 euros o una indemnización la cual no sabemos que pedir ya que el defensor del ciudadano no tiene idea, nos dice que nosotros fijemos la cuantía. Hemos estado preguntando a un abogado pero nos dice que no hay un baremo para esta causa.
Así que le rogaría nos diera un poco de luz sobre esta cuestión, para poder comunicárselo a los dueños.

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Lo más aproximado, sería la indemnización que da el propietario porque necesita su piso para el hijo que se casa, o para él mismo, que serían 12 mensualidades de renta en caso de desalojar la vivienda en los 6 primeros meses del requerimiento, o 6 mensualidades en caso de desalojar en los 6 segundos meses.
Y a partir de ahí lo que pidas y te quieran dar.

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