¿Qué diferencia hay entre el valor catastral de un piso y el valor de tasación?

Me gustaría saber que diferencia hay entre el valor catastral de un piso y el valor de tasación (¿coinciden?) Es que en el recibo del ibi me pone con respecto a un piso 26.000 euros, pero la hipoteca se la concedieron a mi hermana en 2007 por valor de 200.000 euros, sería rentable reclamar judicialmente al banco o al tasador por una operación crediticia con un clarísimo riesgo tanto para la propia entidad como para los propietarios. Hay leyes al respecto( coincidencia de tasación, ¿reclamaciones al tasador?. Los propietarios poseen la invalidez permanente, no pueden hacer frente al pago de la hipoteca, sería buena estrategia que suscribieran un seguro de vida para así poder cancelar la deuda(yo soy el avalista y después de 8 meses de pagar las cuotas de un piso que no es mío, que tiene 60 años de antigüedad y 60 metros cuadrados en zona cutre de córdoba estoy dándome cuenta que no soy el único culpable en este problema y me planteo otras vías que no sean pagar de por vida como un estúpido esa deuda...

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El valor catastral y el valor de tasación no coinciden nunca... Uno es el valor que se adjudica al terreno y a la constuccion, para el ayuntamiento, que es gestionado por el catastro y sirve sobre todo para el calculo del IBI y para imputar rentas en el caso de las declaraciones... Estos valores se actualizan cada ciertos años, pero no tienen nada que ver con el valor de tasación.
El valor de tasación es el que da un tasador profesional, para un inmueble, en relación al estado del bien, los metros, sus características, la zona, etc... Es el valor que se utiliza para los prestamos hipotecarios...
En cuanto al pago como avalista, sin conocer las circunstancias especiales de la situación, no podemos más que aconsejarle que se ponga en manos de un abogado, para estudiar la situación, pero en un principio, no puede dejar de pagar... El disponer de un seguro de vida, seria una buena opción... Pero hay que estudiar todo.
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Gracias de nuevo, me gustaría saber si ellos pueden vender el piso y quedarse con el dinero dejándome a mi solo con la deuda de un piso vendido. Me pregunto que haría un juez en mi situación... y me planteo el proponerle al banco que me "regale" los gastos de cambio de escrituración que serían de unos 12000 euros a cambio de que me subrogue yo en la hipoteca indefinidamente.La hipoteca está claramente en negative equity (situación de perdidas patrimoniales) Pienso que ellos tuvieron parte de responsabilidad al conceder un préstamo tan elevado a personas tan insolventes... Siento la paliza feliz año¡
Sin estudiar toda la documentación es complicado asesorarle, por lo tanto le recomendamos se ponga en manos de un abogado.
Si el piso tiene una hipoteca, hay que liquidar la hipoteca para poder completar la venta del inmueble, pues figura en la nota registral... No parece factible realizar la venta y que se queden con el dinero y usted con la deuda... Aunque puede haber fórmulas que dieran con esa situación final...
En cuanto ha que el banco regale nada, ya lo veo más difícil... Lo que usted puede intentar es negociar con el banco este asunto`, pero tenga en cuenta, que la propiedad sigue siendo de sus padres y tendría que hablar con ellos como solucionarlo... Si ellos no pagan, usted como avalista estaría obligado, y en caso contrario, pues se procedería judicialmente contra ustedes, procediendo al embargo y subasta de la vivienda, teniendo en cuenta que el banco, puede adjudicarse el inmueble por el 50 % del valor, quedando a ustedes el resto como deuda pendiente de pago...
Le volvemos a recomendar que se ponga en manos de un abogado, que le estudie el tema y le ayude con las negociaciones. Si lo desea, pueden contactar con nosotros, que le pasarmos un presupuesto sin compromiso, ya que contamos con amplia experiencia en estos asuntos.
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