¿El banco puede cobrarme por fallos de hace años?

Tengo una hipoteca hace 10 años, y el banco se ha dado cuenta que los primeros 7 años, se equivocaron al aplicar el diferencial. Es decir se firmó por Euribor + 0,75 y me aplicaron Euribor + 0,25. Me dicen que debo ingresar el dinero correspondiente a los 84 meses que se revisó incorrectamente la hipoteca, cantidad que supera los 4000 euros.

¿Pueden legalmente exigirme el pago de dicha cantidad?

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Siento decirle que sí. El banco puede reclamarle las cantidades que debe. Al margen de que se deba a un error de cobro del propio banco, lo cierto es que es lo que se firmó. Además, se trata de una deuda que aún podrían reclamar judicialmente, porque no habría prescrito la acción.

Lo más recomendable es que negocie con el banco para que esos pagos sean también aplazados (pagar una cantidad cada mes, no todo de golpe). Como el error fue de ellos, seguramente estarán de acuerdo con usted en que no pueden exigirlo todo ahora.

Un cordial saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

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Gracias por su respuesta. Ha surgido algo más, buscando entre los papeles cuando se firmó la hipoteca, encontré un documento con el logo del banco, pero sin firma, es la oferta que el banco me propuso. En dicha oferta me proponía E+0,25 pero luego se firmó a E+0,75 gran fallo mío que no me dí cuenta porque las revisiones se hicieron a lo que pensaba que firmaba, es decir E+0,25.

Dicho documento no tiene firma, y el director del banco dice que al no tener firma no es vinculante, y es un simulacro. Pero dicho "simulacro" de préstamo, tiene en detalle todas las condiciones de plazo, comisiones, letra inicial, etc. que lo que se firmó, lo único que difiere es el diferencial.

Dicho documento es verdad que al no tener firma no es vinculante? pues me siento engañado por el director (de hace 10 años que ya no está) que me ofertó una cosa y llevó a firma otra.

Gracias por su tiempo,

No hay de qué.

Pues es posible que fuera una oferta vinculante. El problema es que podría no serlo y tratarse efectivamente de un simulacro de condiciones (que pueden variar en el momento de la firma) o un folleto informativo (con un ejemplo básico que se enseña a cualquier cliente, con el que luego hay que concretar condiciones particulares).

Sin ver el documento no puedo decirle. Sería conveniente que acudiera personalmente a un abogado de su zona especializado en derecho bancario para que lo examine y dictamine la posibilidad de una reclamación.

Puedo equivocarme pero le daré mi opinión: creo que el asunto es complejo, dado que al margen de lo señalado en ese papel, lo cierto es que firmó en pleno uso de sus facultades y ante notario un préstamo con otras condiciones. Además, la oferta vinculante puede estar sometida a un plazo de validez (siempre superior a 10 días por Ley). Si pasan más de 10 días sin aceptar esa oferta y las condiciones cambian, el banco puede modificar los criterios del préstamo.

En todo caso, aunque vea harto difícil la vía judicial, quizás debidamente asesorado pueda usted hacer presión al banco para negociar un término medio (un 0,50% por ejemplo). Puede empezar reclamando personalmente y por escrito al Banco de España.

Un cordial saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

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