Adaptación para discapacitados

Mi madre tiene un piso en Vitoria cuyo portal se reformó hace escasos años ante la objeción de un vecino que se negaba a financiar lo que él consideraba "lujos" (Maderas, mármol, etc.) Finalmente, él pagó la parte correspondiente a lo que hubiera sido una reforma básica y la diferencia se completó entre el resto de vecinos. Te comento este antecedente porque creo que puede ser interesante para lo que voy a plantearte... Desde la entrada del portal hasta el rellano del ascensor existen unas escaleras que dificultan el acceso a un vecino minusválido. Este vecino quiere ahora emprender una reforma total del portal cambiando el ascensor (en perfecto estado) haciendo que llegue al nivel de la calle, para lo cual incluso la comunidad tendría que adquirir parte del local de al lado. ¿El presupuesto presentado asciende a casi 10.000? Por vecino. Se le ha propuesto la más económica solución de una plataforma hidráulica junto a la barandilla y se niega. Cuando este vecino compró el piso hace 20 años ya era discapacitado y las escaleras ya estaban ahí. Además, le tocó una vivienda social adaptada a sus necesidades y la rechazó ¿Puede obligar al resto de vecinos a financiar semejante obra? Tiene vecinos en su favor y en su contra ¿Podría mi madre hacer como aquél vecino en la primera obra y pagar solamente la parte proporcional de la solución más económica o incluso no tener que pagar nada? Muchísimas gracias sobre todo de parte de mi madre, que está atacada, la pobre...

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En principio decirte que las obras tendentes a suprimir las barreras arquitectónicas concurriendo la situación de minusvalía de uno de los residentes del inmueble necesitan el acuerdo de la mayoría de los propietarios que a su vez representen la mayoría de las cuotas de participación, si esta mayoría se consigue todos debéis contribuir de acuerdo a vuestras cuotas, pero sino se acuerda y os oponéis, ese vecino puede instarlo judicialmente y será él el que tenga que correr con los gastos, aunque normalmente estos gastos están subvencionados. Cuando solicite esas obras, que no habrán de afectar a la estructura del edificio, ha de presentar un proyecto, presupuesto..., y sino le contestáis en sesenta días se entenderá aceptadas las mismas, asique cuidado. Por todo ello, os aconsejo que pongáis el tema en un abogado de vuestra ciudad especializado en temas de comunidades de propietarios y os diga la vía más adecuada a seguir.
Muchas gracias. Seguiré tu consejo de ponerlo en manos de un abogado de allí, pero ya estoy más tranquilo. Gracias de nuevo y un saludo.

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