Procedimiento de incapacitación mental
En marzo de 2009 empecé un proceso a través de un abogado para llevar el procedimiento de mi madre por incapacidad mental, acordé unos honorarios a pagar en tres partes, la 1ª como provisión de fondos, la segunda en el momento de iniciar sentencia y la última al aceptación del cargo de tutor, pagué las dos primeras y antes de finalizar el proceso mi madre falleció, consecuentemente no pagué al abogado la última parte de los honorarios entendiendo que el proceso había finalizado por defunción.
Mi pregunta es si debo de pagar la última parte de la minuta, la cual el abogado me la reclama a través de un requerimiento judicial?.
Gracias de antemano.