Articulo 592 del Código Civil

Tengo un pino casi centenario en un chalet (en zona urbanizada) a 60 cm de la valla medianera con mi vecino.
He leído el articulo antes nombrado y parece claro que mi vecino tiene el derecho de pedir que se corten las ramas que se extienden en su propiedad.
Mi pregunta es, ¿quién debe cortar dichas ramas? ¿Estoy yo obligado a hacerlo? ¿Tengo alguna forma de evitarlo?

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Eres tu quien debe cortar las ramas si así te lo requiere tu vecino. En principio si que estarías obligado a hacerlo y en cuanto a posibles formas de evitarlo mi consejo es que preguntes en la concejalía de medio ambiente de tu ayuntamiento por si existiese alguna normativa específica relativa a árboles centenarios que te eximiese de hacerlo.
Te agradecería que cerrases el tema para que deje de estar activo.

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