Disciplina turística en hoteles

Mi pregunta es sobre una cuestión que me ha surgido en un trabajo que estoy realizando, y el caso es el siguiente:
"Determinado establecimiento hotelero, recibe la reserva individual de una habitación para el próximo 22 de marzo. El hotel es de 5 estrellas Gran Lujo. Llegado el día, el cliente se persona en el establecimiento, no siendo recibido en el exterior, y a la vez que en recepción le comunican que por motivos de una huelga del personal del hotel, su reserva no puede cumplirse, ofreciéndole otra habitación individual en hotel de idéntica categoría en zona céntrica de la ciudad."
Mi pregunta es, ¿quién puede tener razón, en el caso de que el cliente demandara al hotel? ¿El cliente o el hotel? ¿Cuál podría ser la sentencia del caso?

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Hay dos cuestiones relevantes, una que vinculación jurídica tiene una mera reserva y otra la huelga. Creo que una reserva hotelera sin confirmar o sin entregar a cambio una señal puede no tener un valor contractual entre el Hotel y el cliente. Imaginate que el cliente no va y dejan la habitación sin ocupar. ¿Podría demandar el Hotel al cliente por incumplimiento de contrato? Seguramente, no.
Una Huelga es un caso fortuito que no se puede prever la mayoría de las veces, salvo que estuviera convocada con antelación, cosa que suele ocurrir, pero también se pueden desconvocar, lo que las hace poco previsibles. En cualquier caso, el Hotel le ofrece una solución alternativa lo que abunda en la buena fe contractual del Hotel, ante un imprevisto o caso fortuito, tenga o no el deber de dar el servicio al cliente, el caso es que lo hace en un establecimiento similar, eso unido a la inexistencia de contrato entre ambos, hace que no tenga responsabilidad el hotel por el incidente, al menos contractual. Lo del recibimiento en el exterior es para despistar, no hay ninguna obligación de recibir a un posible cliente. Saludos, y no olvides puntuar la respuesta.

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