El hijo es mayor de edad. Su padre nunca lo reconoció ni le paso nunca ningún tipo de compensación económica, ni por alimentos ni nada. El hijo ahora quiere poner demanda para que se reconozca su filiación y pedir una indemnización. ¿Se puede pedir la indemnización y si se puede en que concepto? ¿Cómo podría plantearse? ¿Hay alguna posibilidad de conseguirla?
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Respuesta de elenamz
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elenamz, Soy abogada civilista y de empresa fundamentalmente, desde hace...
Vamos por partes: 1º.- La sentencia de filiación para obligar a alguien a reconocer la paternidad de una persona, es una resolución donde se reconoce un derecho, pero no es una reclamación: no puede pedirse indemnización por esta causa, al Juzgado sólo se le pide que modifique una circunstancia personal. 2º.- Tras haber modificado la filiación, entonces se puede entablar una demanda por alimentos. ÉSta acordará la cantidad con la que el padre debe de contribuir al mes para los gastos ordinarios y extraordinarios que éste tenga. En principio no importa que ahora sea mayor de edad, pero ha de justificar que tiene una necesidad específica y que no puede mantenerse por sí mismo, y que aún no puede acceder al mercado laboral por no haber terminado aún su formación (por ejemplo). Hasta que una sentencia establezca ello y fije una cantidad no hay ningún derecho anterior: antes de que lo especifique la sentencia no se puede pedir nada. De todas las maneras tanto para lo primero como para lo segundo vas a necesitar abogado y procurador. Así que ellos os dirán qué pruebas hay que pedir para demostrar la filiación que expones y cuáles son las posibilidades de éxito. Si tu hijo no puede pagar un abogado debe de dirigirse al Colegio de Abogados de su provincia y solicitarlo allí aportando la documentación acreditativa que le indiquen. Saludos desde Logroño, a tu disposición y suerte.