Servidumbre de luces y vistas. ¿La apertura de nuevas ventanas sin autorización está permitida?

Gracias por adelantado. La situación es la siguiente: Un sujeto adquirió una vivienda parcialmente derruida en el año 2007 y procedió a su reconstrucción. Dicha vivienda está construida en lo que eran terrenos propiedad de mis antepasados(debido a un intercambio de dicho espacio para edificar por una tierra, no hay documentación de dicho intercambio), por lo que excepto el frontal de la casa, el resto de lados surcan con mi propiedad.

El mencionado sujeto nos planteó en su día la compra de los terrenos colindantes, oferta que fue rechazada por nuestra parte. Desde ese instante se ha tomado la justicia por su mano y está haciendo lo que le apetece sin atender a las solicitudes que por nuestra parte le son realizadas.

Las principales acciones que está realizando son:

1.- Apertura de cinco nuevas ventanas en la parte posterior de la vivienda que nunca antes han existido. (Llegó hasta a abrir una puerta que tras requerirle en acto de conciliación, transformó la puerta en ventana). Apertura de tres nuevas ventanas en uno de los laterales de la casa igualmente sin autorización de ningún tipo.

2.- Colocación de andamios en nuestra propiedad durante toda la realización de la obra sin permiso y desoyendo nuestros requerimientos para que así lo hiciera.

3.- La casa en cuestión no está dentro de la cobertura de saneamiento del pueblo debido a la complejidad de canalización de sus desagües por lo que dicho sujeto ha abierto un pozo negro al lado de la casa dentro de mi propiedad.

Mis cuestiones son las siguientes:

¿El hecho de que hubiera ya ventanas abiertas cuando este sujeto adquirió la casa le da algún tipo de derecho para abrir ventanas de manera indiscriminada?

¿Podemos constatar el resultado de sentencias favorables al demandado en algún caso similar?

¿Es la legislación lo suficientemente clara en estos casos para abrir una demanda con ciertas garantías de éxito?

Muchas gracias de nuevo y un cordial saludo

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