¿Puede el avalador demandar al avalado? ¿Prescribe este derecho? ¿Cuánto tiempo?

Hace algunos años avalé a un tío mío únicamente con una cuenta bancaria que yo tenía 36.000 euros a plazo fijo. Firmé y después me quitaron el dinero. Lo hice porque él me dijo que la casa donde vivía y vivo la pondría a mi nombre en el futuro. Hoy quiere echarme de la casa y ni quiere hablar de ese dinero que yo le presté. ¿Puedo cómo avalista demandar al avalado? ¿Prescribe este derecho en caso de que lo tenga? ¿Vía penal, civil?

Hace uno sdiez años de aquello pero supongo que la entidad conservará esa operacion, o documentación en el notario que firmé... ¿no sé... Puedo hacer algo?Me engañó totalmente...

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En caso que el avalado no pagare su deuda, y el avalista le tocara subsanar la deuda del avalado, el avalador tendrá el derecho de resarcimiento. Es por ello que puede demandar al avalado para que le pague lo que le quitaron. Aún así se debería ver la documentación, el transcurso del tiempo, etc. de forma más detallada para dar una solución más clara. El procedimiento sería civil.

Espero que le haya ayudado. Si tiene cualquier duda puede
contactar
conmigo en el 610.941.077 o en [email protected]. y le doy
presupuesto. Actúo en Barcelona, y en todo el territorio español.



Ruego finalice la pregunta, y se ponga en contacto conmigo. Recuerde que esto
no es un asesoramiento ya que carezco de documentación, argumentos y
hechos para realizar un asesoramiento dentro del marco legal



Reciba un cordial saludo.


Marc.
Abogado

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