¿Es posible que me embarguen la cuenta donde está domiciliada la nómina?

Tengo embargada la nómina en su parte correspondiente y ahora me encuentro con que también me embargan la cuenta donde tengo domiciliada la nómina.

¿Tenía en la cuenta 1.000€ y me han dejado 300€ ... Eso es posible?

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No indicas qué entidad es la que hace el embargo, si es un banco, Hacienda, la Seguridad Social, SUMA, etc...

En principio la ley permite a estas entidades embargar cualquier bien o ingreso hasta saldar la deuda contraída, no pudiendo exceder del 70% de tus ingresos, o en su defecto, deberían respetar el Salario Mínimo Interprofesional, que a día de hoy es de 645€/Mes.

Pero puede darse el caso que sean varios organismos diferentes los que proceden a embargarte, entonces cada uno aplica su criterio del 70% -aunque en este caso no han tenido en cuenta el salario mínimo de subsistencia, porque imagino que ya saben que tienes ingresos mensuales (nomina) y se han limitado a coger lo que han encontrado en la cuenta.-

Particularmente pienso que esto como en la Edad Media, cuando venía el "Señor Feudal" y te expoliaban el trigo y el ganado a punta de espada... y posteriormente venía la Santa Inquisición y te quemaban en la hoguera por no dar "limosna para la iglesia".

Es imposible vivir con 300€ al mes cuando la cantidad que "Ellos" mismos han descrito como "mínimo" para sobrevivir es justo el doble.

Mi consejo es que reclames a todos los que te han embargado y solicites una revisión de tu embargo. Que te aconseje un abogado por si fuese necesario ponerlo en conocimiento de un juez para que sea este quien decida qué cantidad debe embargar cada deudor.

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