Mi vecino no me deja pasar a mi parcela por la puerta que construimos entre los dos

Mi pregunta es hace 11 años partimos una parcela que era de mis padre con mis cuatro hermanos hicimos cuatro trozos iguales medidos con una cinta métrica entre los cuatro hermanos todos quedamos de acuerdo. Hicimos dos viviendas las dos una al lado de otra y siempre con las mediciones que hicimos alambramos los dos el perímetro y pusimos una puerta de motor a la entrada de la finca que pagamos todo a medias para entrar los dos a la parcela yo hice mi piscina y la alambre por miedo que se cállese su hijo que era pequeño a los tres años se midió por unos expertos con maquinas en fin resultando que yo tenia unos metros mas en la parte de atrás de mi casa y para dar esos metros ne los quita de la parte de adelante ya que yo edifique toda la parte de atrás y ahora dice que toda la puerta es suya ya que así lo dicen las nuevas mediciones de eso ya digo que hace 11 años puede dejarme sin poder pasar a mi casa ya que la entrada es esa y la hicimos a medias y quiere alambrar desde la puerta todo el camino . Impidiéndome el paso yo para pasr tendría que quitar arboles la depuradora unas balizas y toda la solería de granito que rodea la piscina eso es legal .

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Para una respuesta concreta, necesitaría saber si hay inscrita en el Registro de la Propiedad la segregación de las dos fincas distintas, o si sólo fue un acuerdo entre los dos propietarios, no escriturado ni legalizado.

la segregación se hizo dos años después de hacer la puerta y la alambrada yo tengo en un papel dibujado por mi hermana los trozos de terreno y las medidas que medimos los cuatro y en relación a eso hice la piscina y la puerta de entrada a la parcela pagados por las dos partes eso creo que tiene un plazo de reclamación y hace ya once años y hasta ahora no había dicho nada un saludo

en 1994 se hicieron las escrituras de una parcela que nos dono mi padre de 6000 mts a 4 hijos. En cada escritura hay 1500 mts, estaba en un trozo y sin vallar. En 1990 yo empece mi casa y en 1995 ya estaba viviendo, en 1997 mi hermana se hizo una casa contigua, situadas según unas mediciones hechas por nosotros en las que teníamos los mismos metro todos y nosotras estábamos en medio, la linea divisoria de las dos viviendas según el croquis hecho por mi hermana va desde la división de las dos cocheras que están en medio hasta el centro de la puerta que situamos a la entrada de las parcelas de común acuerdo, dos metro hacia su lado y dos hacia el mio. La puerta y el vallado frontal se hizo en 2001 y el camino que ya estaba de pasar siguió frente a la puerta hacia las cocheras. Yo hice una piscina frente a mi casa, depuradora y jardín, En 2003 decidimos que un topógrafo midiera bien las parcelas para ponerlas en catastro, resultando que las parcelas de fuera no están iguales sino que una tiene 150 mts mas que la otra, por lo que mi hermano le pago a mi otra hermana el trozo que tenia de mas, resultando que solo tenemos 1402 mts cada uno. Yo tengo en la parte de atrás mas metros que mi vecina por lo que por delante tiene que estrechar y su linde se queda cerca de mi vallado de la piscina y la depuradora por lo que si alambra yo no tengo camino. Ella ha tirado una linea en la que incluye toda la puerta, ya que dice que esta en su trozo y yo tengo que hacer otra. Desde el 2003 que se saben las lindes no ha dicho nunca nada pero hemos hecho unas particiones ahora y me ha tocado una casa que ella quería y ha dado lugar a esto,

gracias y un saludo

Las lindes, con independencia de las mediciones que ustedes hayan hecho después privadamente, son las que constan escrituradas e inscritas en el registro de la propiedad correspondiente.

Dicho esto, si hay alguna otra actuación posterior, que se haya reflejado en un documento público y que no se haya inscrito en el registro de la propiedad, modificando lo anterior, debe estar inscrita en el Registro, de forma que refleje los cambios que se hayan producido en cuanto a la distribución de metros. Me refiero a la medición topográfica que se hizo en 2003 y que ocasionó una compensación económica.

El conflicto aparece cuando su hermana decide vallar su parte, en cuyo caso usted se queda sin un acceso que venía utilizando hasta ahora.

Creo que si finalmente su hermana valla su parte, debería usted acudir al Juzgado para pedir que el acceso se considere una servidumbre de paso, es decir que a pesar de que el acceso esté en el terreno de su hermana, usted pueda utilizarlo, sin que ella pueda legalmente evitar que usted use ese camino.

muchisimas gracias por su aclaración e iré al juzgado a pedir como servidunbre muchas gracias otra vez un saludo

De nada.

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