Deuda con el Instituto de la Vivienda - CAVA
En 1997 compré un departamento a la COMUVI (hoy IVC) con un crédito de 180 cuotas y garantía hipotecaria. Por vicios y defectos en la construcción a mediados del 2002 una Resolución de propio IVC decidió la suspensión de pagos hasta tanto se verifique el valor real del inmueble (llevando pagas las primeras 60 cuotas). A mediados del 2003 se sancionó la ley 1056 incorporando la Resolución anterior a su texto. Con fecha 14 de diciembre de 2006, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó el Proyecto de Ley nº 2258 que resultó posteriormente vetado por el Ejecutivo local, por Decreto nº 107/07.
LA LEY 1056 JAMAS SE REGLAMENTÓ!!
El mes pasado recibí una nota del IVC "invitándome" a regularizar mi deuda y su propuesta fue la siguiente: a) abonar al contado la totalidad de la deuda restante; b) realizar la refinanciación de la deuda con nuevas condiciones Ej.: 180 cuotas de valor superior al pactado en su momento. (En ambos casos el IVC pide como requisito previo firmar una renuncia a los derechos y acciones de la ley 1056 y 2258)
¿qué pasa si la ley nunca se reglamenta?
¿es justo que pague mora por mi falta de pago cuando el mismo no fue resultado de mi rebeldía sino por lo que dictó la Resolución y luego incorporado a la ley?
¿Es justo que luego de haber pagado 60 cuotas tenga que refinanciar la deuda por 180 cuotas a un valor mensual superior al pactado perdiendo -de hecho- los cuotas ya pagadas?
¿Qué debo hacer? Quiero hacer las cosas bien y ajustarme a derecho, reconozco mi deuda y la quiero pagar COMO CORRESPONDE y no pagar de mas.